Resumen
“La familia del hombre fallecido en el accidente provocado por el torero Ortega Cano, se ha opuesto a su petición de indulto porque entre otras cosas no ha mostrado su arrepentimiento”
Estoy convencida de que el indulto solo debería concederse bajo un enfoque restaurativo y por tanto, solo debería autorizarse para los que se responsabilicen y asuman lo que hicieron y reparen el daño o quieran mitigarlo.Más que arrepentimiento, de cuya sinceridad siempre se puede tener reticencias, sin duda, la reponsabilización por el delito cometido es más auténtica a los ojos de las víctimas (que ven como alguien aparece como responsable) y de la sociedad.
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Hoy basándome en el ejemplo con el que he empezado, el de un infractor que no reconoce lo que hizo y que cuando le preguntan solo dice: “que no es un delincuente”, quiero hablar de sentimientos que pueden surgir en el delincuente, en alguien que comete un delito.
En otras ocasiones, he hablado de las víctimas y de cómo es normal que surjan en ellas sentimientos negativos de ira, humillación y de que la labor de la Justicia Restaurativa es ayudarlas a ir transformando estos sentimientos negativos en algunos más positivos y constructivos, que las echen una mano en su recuperación.
Pues bien, los infractores o al menos la mayoría no son ajenos a este conglomerado de sentimientos contradictorios, y como no podía ser de otra manera, la Justicia Restaurativa puede ayudarlos junto con otros profesionales a aclarar y reforzar los que sean positivos y les puedan servir de soporte para hacer las cosas bien. Leía el otro día un artículo que hablaba de culpabilidad y vergüenza y comentaban que los presos que mostraban culpabilidad eran menos propensos a reincidir que aquellos que sentían vergüenza ¿Por qué?
Porque aunque pueden parecer sentimientos y actitudes similares llevan implícito distintas formas de abordar el hecho de haber cometido un delito. La culpabilidad implica un sentimiento de responsabilidad y remordimiento por una ofensa, es decir, la culpabilidad como parte de la justicia restaurativa, conlleva dos aspectos básicos de ésta: la asunción de responsabilidad como paso previo para reparar el daño. Mientras que la vergüenza conlleva una sensación dolorosa dirigida al yo. Se sienten señalados y estigmatizados por ir a la cárcel o ser juzgados como delincuentes.
Esta vergüenza para muchos se traduce en una respuesta defensiva, negación de la responsabilidad y la necesidad de culpar a los demás. Sin duda, el caso con el que he empezado es un ejemplo de esto, puesto que en una entrevista con el torero, este manifiesta una clara negación del hecho delictivo, dice que no ha cometido ningún delito, que no es un delincuente y para más inri , afirma que los testigos que dicen que le vieron borracho, mienten. Su sentimiento de vergüenza, le hace no reconocer su responsabilidad, se considerada señalado y estigmatizado, se pone a la defensiva culpando a los demás, en definitiva, el mismo se considera una víctima. Esto es lo que ocurre frecuentemente con la justicia penal tradicional, ya que proporciona todas las “armas” posibles al delincuente para mentir, negar o justificar los hechos, y no solo eso, también estigmatiza a aquellos que son declarados culpables. El rol de delincuente sin posibilidad de reinserción, cae como una losa sobre ellos lo que acrecienta su sentimiento de vergüenza y genera una creencia de que las víctimas son ellos. Pierden la conciencia de la realidad de lo sucedido y de que su acción si, causó un daño a otra persona.
Por eso, la Justicia Restaurativa y sus herramientas tienen como objetivo en relación al infractor, favorecer su responsabilización y su voluntad de querer reparar el daño, no trata de avergonzar al delincuente, sino más bien de reintegrarlo, a través de lo que Braithwaite llamo vergüenza reintegrativa. El delito debe ser enfrentado pero no de una manera tradicional y estigmatizante. Si el infractor es “avergonzado” respetuosamente y en presencia de la víctima y de las personas que son importantes para él, es más probable que acepte su responsabilidad, enfrente el delito y quiera cambiar. Según Braithwaite “es la vergüenza de los ojos de quienes respetamos, lo que nos puede hacer cambiar”
Por eso los procesos restaurativos como son participativos e inclusivos favorecen la concienciación, una actitud positiva para abordar el impacto del delito y una mayor reintegración del delincuente, reduciendo la reincidencia, para esto se valen de sentimientos constructivos como la vergüenza reintegrativa.
Por otro lado, la culpabilidad como sentimiento conlleva responsabilidad, reconocimiento del delito y del daño, y esto hace experimentar otros como el remordimiento y el pesar, lo que motiva precisamente como en un “círculo perfecto”, un querer reparar, confesar el crimen, pedir disculpas, en definitiva genera en el infractor un querer hacer lo correcto y justo.
Sin embargo, esta mezcla de sentimientos aunque producen en ocasiones resultados contradictorios, va unidos y entrelazados. Me explico, cuando un infractor comete un delito, lo normal es que los primeros sentimientos sean el de la vergüenza, ¿qué pensaran de mí? ¿Cómo me va a mirar mi familia?
Pero la labor de los profesionales de diferentes ámbitos, incluidos los de la justicia restaurativa, es ayuda al infractor en el camino hacia la responsabilidad, mostrarle que su acción ha impactado realmente en otro ser humano y fomentar que reconozca la culpabilidad, pero no avergonzándolo de forma estigmatizante, sino diciéndole que si quiere cambiar, va a tener una oportunidad y que su obligación es hacer las cosas bien desde ese momento en adelante, por eso la reparación o compensación del daño es una parte esencial, en ese cambio constructivo y positivo.
Lógicamente es una labor cooperativa en la que los procesos restaurativos tienen mucho que decir pero no son los únicos. Esta Justicia Restaurativa ayuda al delincuente a recuperar su humanidad y reconocer la realidad pero también a no ver esta realidad de una forma totalmente negativa y destructiva sino como una oportunidad para cambiar, y para si opta por este “cambio” sentirse apoyado por la comunidad. Por eso vergüenza y culpabilidad van indisolublemente unidas, lo necesario es procurar un equilibrio positivo entre ambos sentimientos, para que la vergüenza reintegrativa genere culpabilidad y transforme la actitud pasiva del infractor en otra positiva y activa. El delito une a víctima e infractor y al igual que las víctimas deben recorrer un camino restaurativo hacia su recuperación física y emocional, despojándose del rol de víctima, el infractor debe recorrer otro camino similar. Si queremos que los delincuentes se puedan quitar el “estigma de serlo”, deben emprender el camino hacia su transformación, reconocimiento de lo malo que hicieron en el pasado, y la opción que tendrán de construir un futuro alejado del delito y en este camino, el equilibrio en los muchos sentimientos contradictorios que se generan en ellos, como el de vergüenza y culpabilidad es esencial.
Bibliografía
Follow @VirginiaDomingo (Burgos, 17 de mayo 1975)
Soy periodista frustrada, estudié derecho, por defecto y a pesar de todo, me gustó. Fui durante más de ocho años Juez Sustituta, lo que me hizo ver la realidad de la justicia y su falta de humanidad, así llegué en el 2004 a la Justicia Restaurativa. Actualmente soy la coordinadora del Servicio de Mediación Penal de Castilla y León (Burgos) y presidenta del Instituto de Justicia Restaurativa-Amepax ( la entidad que proporciona este servicio). Soy experta y consultora internacional en Justicia Restaurativa. Mediadora Penal y Presidenta de la Sociedad Cientifica de Justicia Restaurativa. Miembro del Comité de investigación del Foro Europeo de Justicia Restaurativa, participo regularmente en las reuniones de este Foro y he ofrecido varias charlas a nivel internacional, asimismo he realizado diversos trabajos de investigación sobre Justicia Restaurativa y mediación en materia penal. Y sigo luchando porque se regule la Justicia Restaurativa como un derecho más para las victimas de cualquier delito con independencia del lugar donde lo sufran.