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La Criminología y la criminalística, o más concretamente la relación entre ambas disciplinas, suele ser objeto de discusión en ambos sectores de conocimiento. En el presente artículo me propongo analizar esta cuestión, trayendo al frente el porqué de estas discrepancias, así como buscar la conciliación en la relación entre ambas disciplinas, conectadas desde sus inicios.
Entre otros de los muchos debates que surgen en los distintos congresos, charlas, coloquios, o simplemente salidas de clase de las distintas Facultades de Derecho y Criminología surge la cuestión de la necesidad o no del criminólogo de conocer con mayor o menor magnitud a la llamada criminalística. En el presente artículo me propongo tratar, y de algún modo solucionar, esta cuestión.
Como definición general de Criminología es inevitable acudir a la ofrecida por García-Pablos de Molina (2014): la Criminología es la ciencia empírica e interdisciplinar que estudia el delito, el delincuente, la víctima y el control social del comportamiento delictivo. Ciertamente, los acercamientos criminológicos a las dos primeras cuestiones normalmente están referidas en el primer caso a la concepción jurídica en el primer caso y a la teórico-criminológica en el segundo caso. Es decir, los diferentes escritos criminológicos referidos al delito y al delincuente están orientados fundamentalmente a la consideración de si un determinado comportamiento debería ser calificado como delictivo (con sus diferentes posiciones político-criminales) o a la elaboración o revisión de teorías criminológicas que expliquen por qué un determinado grupo de sujetos delinque o se abstiene de hacerlo. El propio autor considera que al ser la criminalística una ciencia “del proceso”, de la materialidad del delito, no es parte integrante de la Criminología, sino auxiliar del Derecho penal, sin perjuicio de la cooperación que pueda haber entre ambas, pero debiendo evitar su confusión, pues ni la persecución del autor, ni la definición fáctica del delincuente, ni su puesta a disposición judicial son objetivos de la Criminología (así evitamos organismos como la Academia Internacional de Criminología del periodo de entreguerras, ocupada básicamente de materias criminalísticas) (García-Pablos de Molina, 2014).
Vemos que muchas veces estos análisis olvidan que los delitos son realizados por delincuentes. El punto de unión entre ambas áreas de estudio abarca a nuestra temida (y en ocasiones repudiada) criminalística. La criminalística puede verse como la indagación técnica del delito, abarca un cuerpo de conocimientos interdisciplinares y multidisciplinares (que van desde la Medicina forense a la Psiquiatría forense, pasando por la Física, la Química, la Economía, la Contabilidad, la Grafología o la Botánica) dirigidos a la averiguación de las circunstancias que rodean al delito y a su autor o autores. Se trata del estudio del crimen desde una perspectiva del saber hacer, no del ser, de la tékhne que decían los griegos. Esta es la perspectiva ofrecida por de Antón y Barberá y De Luis y Turégano (2012), que entienden la criminalística del mismo modo que Thot: “es la parte de la Criminología que se ocupa de los métodos y modos prácticos de dilucidar las circunstancias de la perpetración de los delitos e individualizar a los culpables”.
Salta a la vista que la criminalística es una rama de la Criminología. El sufijo “-ístico” indica relacionado con el crimen, adecuado teniendo en cuenta la definición que antes le hemos dado. Como disciplina científica, la Criminología se compone de varias ramas relacionadas con sus distintas áreas de estudio de las cuales tiene una inter-relación, es decir, estas no tienen sentido sin aquella y viceversa, del mismo modo que la cardiología, la neurología o la nefrología no dejan de ser ramas de estudio de la Medicina. Así, del mismo modo que la victimología es una especialización de la Criminología dedicada a la investigación en torno a la víctima, y la política criminal otra dedicada al estudio del control social del comportamiento desviado, la criminalística es una rama de la Criminología dedicada al estudio del delito y el delincuente en un sentido material.
El origen y desarrollo de la criminalística y de la Criminología siguen evoluciones similares. Se reconoce una etapa primitiva que finaliza con el auge del positivismo científico del siglo XIX, coincidiendo así con la Escuela positiva, caracterizada por el uso de la intuición, la costumbre y la superstición como métodos de investigación del crimen. Destacan aquí los métodos inquisitoriales, pues más que conocer la verdad material del hecho se buscaba hallar un culpable. Ahí tenemos, por ejemplo, las ordalías, o al intransigente Torquemada. De los delitos y las penas, de Beccaria (1764) marcó el inicio de las andaduras de la Criminología, pero también de la criminalística. La exigencia de una ley escrita, previa y cierta, aplicada con una serie de garantías y derechos al investigado, lleva aparejada la necesidad de que la investigación criminal se vea imbuida de las mismas características y garantías, lo que en el siglo XIX se vio favorecido con el enorme éxito que tuvieron las ciencias naturales como fuente de conocimiento, así como de la positivización de las ciencias sociales. La etapa científica de la criminalística comienza con su fundador, el Juez de instrucción Hans Gross (1874-1915), y su obra magna “Handbuch für Untersuchungsrichter als System der Kriminalistik”, mejor conocido en nuestro idioma como Manual del Juez de Instrucción, obra que incluye conocimientos sobre la inspección ocular, el interrogatorio, los peritos, la fotografía, el modus operandi, balística, explosivos, sangres, robos, estafas, etc. (de Antón y Barberá & de Luis y Turégano, 2012).
El único artículo de habla hispana que he encontrado sobre el tema es el de Burgos Mata para la revista Medicina Legal de Costa Rica (1994), en el que encuentra que ambas disciplinas son semejantes, pero que no se necesitan ni una comprende a la otra, pues se diferencian tanto en el sujeto (la criminalística estudia tanto al autor como a cualquier material que haya intervenido en el delito, mientras que la Criminología estudia el delito en su génesis en relación con el autor) como en el fin (la criminalística se encargaría de la lucha directa contra el crimen, mientras que la Criminología busca prevenirlo). Es curioso cómo este artículo presenta la opinión general, pero a la inversa: es un criminalista el que pretende separarse de la Criminología por considerarla demasiado “teórica”.
Con todo esto nos preguntamos cómo es posible que la criminalística goce de tanta antipatía entre los criminólogos cuando no deja de ser una fuente más de conocimiento. Pues bien, el primer punto explicativo reside en la fama que ha tenido en la sociedad. El desarrollo de la novela negra, combinado con el desarrollo de la televisión y la enorme mejora de los métodos criminalísticos por los avances técnicos y científicos, ha dado lugar a multitud de series televisivas centradas en la investigación criminal, desplazada de la antigua concepción del investigador sagaz a la figura del detective carismático o maniático, apoyado siempre con un glamuroso y puntero equipo forense, resolviendo los distintos casos de las formas más variopintas (y científicamente muy dudosas). Para bien o para mal, series televisivas como CSI o Mentes criminales animan a las futuras generaciones a dedicar su vida al estudio del delito, decepcionándose posteriormente cuando en la facultad no estudian balística o tipologías de asesinos en serie, sino leyes penales, teorías criminológicas y metodología de la investigación en ciencias sociales. Esto hace que la opinión más extendida en la sociedad sea la identificación de la Criminología con la criminalística, lo que, por supuesto, es un error.
A este punto podemos responder con un simple vistazo a la realidad. Por supuesto, la investigación criminalística se lleva a cabo en laboratorios, pero estos son como cualquier otro laboratorio: técnicos en bata blanca, procedimientos reglados, inspecciones de la empresa acreditadora correspondiente…como cualquier otro laboratorio, lo único que diferencia a un laboratorio forense de un laboratorio de análisis de la calidad de agua es lo que analiza. El resto es exactamente igual. Y en cuanto a la identificación del criminólogo con la criminalística, tenemos que decir que es inevitable. El ser humano es idealista, sus categorías están formadas de arquetipos. Del mismo modo que al criminólogo se le ve como investigador de la escena del crimen, al que estudia Derecho se le ve como abogado, o al que estudia Medicina como internista, o al químico como el nuevo “Heisenberg”. Los clichés son inevitables, y los criminólogos tienen los suyos propios; lo que no es motivo para enfadarse y mostrar disgusto, al contrario, puede dar pie a la divulgación, una de las obligaciones básicas de todo científico.
Y hablando de clichés, la criminalística como disciplina tiene los suyos propios. En efecto, el fetiche de la misma es el homicidio, que constituye indudablemente el delito más estudiado de la Historia. No vamos a traer aquí la discusión acerca de la fascinación morbosa que siente el humano por el hecho de romper lo que podría constituir una regla básica de una especie, no matar a otro individuo de la misma especie (regla que, por cierto, se quebranta constantemente, quedando reducida, eso sí a “no matar sin necesidad”, cosa que los humanos hacen bastante). En su lugar, vamos a traer aquí a colación algunas de las muchas materias tratadas por la investigación criminalística, y que no tienen que ver con la sangre. Así, la Comisaría General de Policía Científica se encarga de diversas áreas entre las que podemos destacar: lofoscopia, Antropología forense, fotografía y pruebas gráficas, acústica forense, documentoscopia, pericia informática, análisis químico (incendios, explosivos, tierra, flora y fauna, vidrios, aguas, alimentos, estupefacientes, tóxicos, fármacos, pinturas, fibras, entre otros), análisis biológico (sangre, semen, otras secreciones, cabellos) o análisis físico (estudio de trazas instrumentales, cuchillos, destornilladores, etc.) (de Antón y Barberá & de Luis y Turégano, 2012).
No obstante, no se debe desdeñar el valor que tiene la novela y el cine negros en nuestra profesión: si bien nada puede ser tan valioso como un hecho, la ficción a veces puede inspirarnos y darnos ganas de llegar al fondo de las cosas; una buena materia de estudio sería cuántos grandes criminólogos han crecido en sus estudios con el respaldo de las novelas que leían de jóvenes. En este sentido es mi deber llamar la atención sobre el detective Sherlock Holmes, un detective de ficción que ha inspirado a muchos de los profesionales que hemos tenido, y tenemos, y que constituyó un ejemplo para la época de abandono de suposiciones superficiales por un método sistemático y exacto. “Siempre que examina la escena del crimen, Sherlock Holmes da muestras de una intensa concentración y una pasión inmensa por el detalle” (Wagner, 2006). El análisis de la figura de Sherlock Holmes es materia para otro monográfico, pues sus victorianos conocimientos, tanto de criminalística en particular como de Criminología en general, pues a lo largo del canon hace un excelente manejo de distintos postulados teóricos, como diversas menciones tanto a los planteamientos positivistas como a los postulados más sociológicos.
Otro de los motivos que podríamos ver es el resentimiento. Y es que la situación de la Criminología es la que es: hasta que tanto el sector público como el sector privado reconozcan las posibilidades que tiene que ofrecer nuestra ciencia en este mundo capitalista que mide únicamente el balance de costes y beneficios, no nos queda más remedio que buscarnos la vida como buenamente podemos, o como mejor se ajusten nuestros servicios a las propias capacidades individuales. Es por ello que se ve con cierto resquemor a los policías, pues el criminólogo ingresaría en la escala básica o ejecutiva sin ninguna distinción, honor, o puntuación extra, de modo que el grado en Criminología que ha cursado no se diferenciaría de cualquier otro. Ciertamente, la cuestión de la cooperación entre criminólogos y agentes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado es materia para otro artículo, por lo que nos quedaremos con lo que aquí nos interesa, a saber, que la centralización de la labor criminalística en las distintas brigadas de Policía Científica y servicios de criminalística de la Guardia Civil, así como en determinados médicos forenses, y el hermetismo formal y material que caracteriza la labor de estos colectivos, convierten a la criminalística como una disciplina eminentemente teórica y alejada de la realidad, a menos que se forme parte de estos cuerpos. La divulgación y conocimiento de la indagación técnica del delito queda aquí relegada a las series televisivas, lo que da debida cuenta de las distorsiones que vemos por ahí.
Hay una obra criminológica que encuadra muy bien las interacciones que se producen entre ambas disciplinas. Me estoy refiriendo a Ladrones profesionales de Edwin Sutherland, más que conocido entre los criminólogos (recordado mayormente por la elaboración de la Teoría de la asociación diferencial o por la creación del concepto de delincuencia de cuello blanco), monografía de 1937 en la que el criminólogo estadounidense nos muestra un estudio acerca del modus operandi, así como del modus vivendi de los ladrones profesionales, abarcando el estudio de bandas organizadas dedicadas al hurto y al robo, aunque con ocasión de llamar la atención sobre el sistema de justicia norteamericano, el cual se podía comprar. La monografía se desarrolla en base a la metodología de entrevista desarrollada con un ladrón profesional retirado, con el pseudónimo de Chic Conwell (Sutherland, 1937(1993)).
1. La investigación privada
Mientras que en nuestro país la seguridad privada ha alcanzado últimamente un desarrollo notable, la investigación privada ha quedado relegada a la investigación de los delitos que se persiguen a instancia de parte, ciertamente minoritarios en el Derecho penal: el delito de reproducción asistida no consentida (art. 161, 2 CP); los delitos de agresiones, acoso o abusos sexuales (art. 191,1 CP); los delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio (art. 201,1 CP), la calumnia y la injuria (art. 215, 1 CP); el abandono de familia, menores o incapaces (art. 228 CP), los delitos de daños (art. 267 CP), algunos delitos contra el orden socioeconómico, como los relativos a la propiedad intelectual, industrial, y al mercado o a los consumidores (art. 287,1 CP) o los delitos societarios (art. 296.1 CP) (Moreno-Torres Herrera, 2015) Así, si en el trascurso de una investigación el detective privado descubre un delito público (perseguible de oficio), la Ley 5/2014 de Seguridad Privada en su artículo 10.2 dispone que debe denunciarlo inmediatamente (Roldán Barbero, 2016)
El art. 48 del mencionado texto legal recoge en concreto los ámbitos de investigación del detective privado: los relacionados con el ámbito económico, laboral, mercantil, financiero, y en general a la vida personal, familiar o social salvo domicilios o lugares reservados; obtención de información que garantice el desarrollo normal de ferias, hoteles, exposiciones, espectáculos, convenciones, o grandes superficies comerciales; averiguación de delitos perseguibles a instancia de parte (que ya vimos); todo ello bajo los principios de razonabilidad, necesidad, idoneidad y proporcionalidad.
La figura del detective privado es también objeto de controversia entre los criminólogos por no considerarlos como tales. No obstante, la diferencia entre un criminólogo que se especializa como detective privado y un investigador privado que ha realizado únicamente la formación correspondiente es la misma que la existente entre un médico-dentista y un odontólogo: el primero es un médico que se ha especializado en odontología, el segundo es odontólogo únicamente. ¿A cuál preferimos?
La criminalística es el arte y la técnica de la investigación criminal, decía Jean Nepote, Secretario general de Interpol; un arte porque el estudio de la naturaleza humana constituye una parte esencial, y porque dos investigadores que se hallen en una misma situación, con los mismos medios, uno tendrá éxito, mientras que el otro fracasará. El primero tiene arte, el otro no (de Antón y Barberá & de Luis y Turégano, 2012).
2. Conclusiones
Con todo lo dicho podemos quedarnos con varias cosas. Una de las más llamativas es que los criminólogos son muy desconfiados con su propia profesión. A ellos sólo podemos decirles que la Criminología es empírica e interdisciplinar, por lo que no les queda más remedio que estar abiertos a nuevos planteamientos y no enclaustrarse con sus propias vicisitudes teóricas.
También creo que nos hallamos en condiciones de dejar claro que la criminalística como técnica constituye, indudablemente, una herramienta fundamental del Derecho penal, pero como rama de conocimiento constituye una de las múltiples disciplinas que componen a la Criminología, encargándose de la indagación técnica del delito, desde un punto de vista material del hecho y de su autor o autores, así como las circunstancias que rodean el mismo. No se trata de estudiar su deber ser, sino el ser del mismo: si estudiamos a los criminales es nuestra obligación comprender cómo trabajan, pues se puede saber mucho de alguien por lo que hace.
“A partir de una gota de agua, un lógico puede inferir la posibilidad de un Océano Atlántico o una catarata del Niágara sin haberlos visto u oído.” (Estudio en escarlata).
3. Bibliografía
Burgos Mata, Á. A. (1994). Criminalística y Criminología. Medicina Legal de Costa Rica, Vol. 10, Nº2, pp. 45-47.
de Antón y Barberá, F., & de Luis y Turégano, J. V. (2012). Policía científica. Valencia: Tirant lo Blanch.
García-Pablos de Molina, A. (2014). Tratado de Criminología. Valencia: Tirant lo Blanch.
Moreno-Torres Herrera, M. R. (2015). La punibilidad. En J. M. Zugaldía Espinar, Lecciones de Derecho penal (Parte general) (págs. 161-177). Valencia: Tirant lo Blanch.
Roldán Barbero, H. (2016). Investigación criminalística. En H. Roldán Barbero, Introducción a la investigación criminológica (págs. 135-154). Granada: Comares.
Sutherland, E. H. (1937(1993)). Ladrones profesionales. Madrid: Endymion.
Wagner, E. (2006). La ciencia de Sherlock Holmes. Barcelona: Planeta.