Resumen
En el presente artículo se analiza la problemática derivada de la identidad existente entre determinadas conductas tipificadas, tanto como delito ecológico, como infracciones muy graves por la normativa extrapenal protectora del medio ambiente. La especial relevancia que ha adquirido la protección ambiental en la actualidad ha llevado al legislador, por un lado, a tipificar como infracciones administrativas conductas cada vez más graves y, por otro, a reforzar la aplicación del derecho penal en este ámbito. En este artículo se analizan los principales criterios jurisprudenciales para distinguir el delito ecológico de las meras infracciones administrativas. Sin embargo, esta distinción no siempre resulta posible, causando una evidente inseguridad jurídica para los operadores. Es por ello que, ante la aplicación preferente del derecho penal como respuesta frente a las agresiones más graves contra el medio ambiente, debe abordarse una reforma de la normativa extrapenal de carácter ambiental, de tal forma que se redefina el ámbito de aplicación del derecho administrativo sancionador en esta materia y se evite tipificar como infracciones administrativas conductas que pueden ser subsumidas en el tipo delictivo.
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