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El desplazamiento del delito se ha entendido siempre de forma negativa, como una consecuencia derivada de los esfuerzos de la prevención de la delincuencia. Sin embargo, en algunos casos el desplazamiento puede considerarse más bien como generador de beneficios. Este artículo realiza un estudio del desplazamiento del delito, a través de la revisión de la literatura académica y de los estudios de caso más relevantes en este ámbito. Los resultados de esta revisión sugieren que el desplazamiento beneficioso o “difusión de beneficios” puede ocurrir cuando el daño producido por el delito desplazado es un comportamiento problemático menor de lo que existía con anterioridad a la intervención. Especial atención se presta a las ventajas de considerar una posible difusión de beneficios, a la hora de planificar operativos policiales.
Palabras Clave: desplazamiento del delito; difusión de beneficios; operación policial; intervención preventiva; criminalidad.
1. Introducción
Uno de los principales argumentos criminológicos en materia situacional, es que el delito se desplaza en respuesta a los esfuerzos específicos para combatirlo. Aunque abordemos la persuasión de diversas formas, si existe un delincuente lo suficientemente motivado, la comisión de un delito siempre tendrá lugar. Dicho de otro modo, la criminalidad no se previene en su totalidad, sólo se pueden prevenir determinados delitos. Si se logra prevenir un tipo concreto de delito, esto implicará que otro podrá cometerse de forma alternativa o como resultado de prevenir el anterior. O incluso el mismo delito seguirá llevándose a cabo, pero a través de un método diferente, o acaecerá en otro lugar o en otro momento. Esto es lo que se conoce, por “desplazamiento del delito” (Barr & Pease, 1990, p. 279). Por supuesto, existe también la posibilidad de que el desplazamiento del delito se produzca hacia actividades legítimas, con lo cual hablaríamos de reducción de la delincuencia.
Una revisión de más de treinta años de literatura académica sobre este fenómeno social, incluyendo estudios de caso, nos muestra que el desplazamiento del delito no es necesariamente un producto derivado de la actividad criminológica preventiva – como por ejemplo, las medidas de prevención a través del diseño ambiental (Jeffery, 1971). Dejando a un lado la multiplicidad de factores específicos que pueden incidir en una realidad criminógena concreta – como por ejemplo, el clima, la motivación personal del infractor, o la vulnerabilidad de la víctima –, existen causas estructurales que conforman el “marco” o “contexto” social que favorecen o facilitan ciertos tipos de criminalidad. Nos referimos aquí a factores más abstractos y endémicos, difícilmente alterables mediante acciones a corto plazo, como lo son la desigualdad social, la marginalización, la precariedad y la desocupación. La inmensa mayoría de iniciativas de prevención de la delincuencia, llevadas a la práctica en la actualidad, tienden de forma acertada a centrarse en modificar de un modo u otro, los factores específicos que se cree impulsan o facilitan la comisión de determinados delitos.
Puede tener más sentido, en la práctica, poner una cámara de vigilancia en una tienda de ropa y dispositivos antirrobo en las prendas, para evitar pérdidas, que cualquier otra forma de prevención que pueda proponerse. Simplemente, porque tratar de influir a aquellos que roban para que no lo hagan, es un proceso arduo y costoso, que además escapa del alcance de cualquier negocio en particular. Del mismo modo, parece tener más sentido práctico, el elevar las penas de prisión ante actos violentos que queremos evitar y esperar así que sucedan con menos frecuencia, que buscar soluciones alternativas. En definitiva, se tiende a favorecer las soluciones inmediatas y a corto plazo antes que los cambios estructurales o más profundos y costosos. Es por ello que, cuando se pone en práctica una iniciativa cuyo objetivo es reducir o prevenir un tipo de criminalidad, es altamente probable que se produzca algún tipo de desplazamiento. De hecho, es una consecuencia natural de la especificidad de la intervención. Una mera traducción de sus limitaciones innatas.
Por supuesto, no todo son consecuencias negativas en lo referente a prevención delincuencial. Cabe siempre la posibilidad de que no haya desplazamiento (Ratcliffe & Breen, 2011, p.); o que el desplazamiento que nos encontremos sea algo incluso deseable, en vista de las circunstancias (Cerezo & Díez Ripollés, 2009, p. 23). Asimismo, puede darse el caso de que el desplazamiento tenga en realidad, un efecto positivo, de “difusión de beneficios”. Esta difusión de beneficios consistiría en la reducción del riesgo de victimización para posibles objetivos del delincuente o delincuentes, que se encuentran en relativa proximidad al lugar de la intervención preventiva (Weisburd et al., 2006, p. 554). Más aún, puede suceder que los delincuentes que operan en el lugar objeto de la intervención, se decanten por tipos delictivos de menor entidad que aquellos que se tratan de prevenir, en respuesta a las dificultades impuestas por dicha intervención. Asimismo, el tipo de delincuencia que se pretende prevenir – como por ejemplo, el robo de vehículos – puede verse desplazada hacia lugares con menor índice de criminalidad. Este fenómeno de desconcentración de la criminalidad en lugares concretos, conocidos en jerga policial como “puntos calientes”, favorece que la distribución de la delincuencia sea más equitativa entre diferentes barrios o ciudades (Ibid, p. 579). Además, muchos delitos, sobretodo delitos contra el patrimonio, suelen cometerse en lugares que son familiares a los perpetradores, normalmente por cercanía a su propia vivienda, a la de sus padres u otras personas (Cohen & Felson, 1979, p. 590). Por tanto, la desconcentración puede ser, en ocasiones, una forma de prevención ya que la motivación y la seguridad del delincuente no serán igual cuando tenga que salirse de su zona de confort para delinquir y al hacerlo, se encuentre en lugares en donde sus acciones pueden ser más visibles o pasar menos desapercibido.
En las siguientes líneas se aborda el fenómeno del desplazamiento del delito, haciendo especial hincapié en su vertiente positiva, comúnmente conocida como la difusión de beneficios.
2. El desplazamiento del delito: análisis de la literatura disponible
El estudio de los efectos adversos resultantes de intervenciones o iniciativas, cuyo objetivo sea reducir la criminalidad en determinados contextos, es algo bastante común en materia de prevención situacional. Así, las evaluaciones que se llevan a cabo hoy día, con respecto a operaciones policiales u otras iniciativas preventivas, suelen tener presente la posibilidad de que se produzca un desplazamiento de la actividad delictiva. En principio, pueden distinguirse varios tipos de desplazamiento del delito, en función de la realidad delictiva que se trata de modificar, como resultado de la intervención. Algunos autores consideran que este tipo de medidas producen un efecto de “cama de agua” (waterbed effect); esto es, que la represión de la actividad delictiva en un lugar determinado puede conducir a un incremento del mismo tipo de criminalidad en otro lugar (Kleemans et al. 2010). Sin embargo, el desplazamiento del delito no se limita al ámbito geográfico. Los delincuentes pueden también cambiar de actividad y cometer un delitos totalmente distintos, o incluso llevar a cabo los mismos delitos pero empleando diferentes métodos o medios.
Cualquier intento de medir el desplazamiento del delito que pueda resultar de una intervención policial o cualquier otro tipo de actividad preventiva, ha de tener presente que el desplazamiento puede manifestarse de diversos modos (Clarke, 1980; Cornish & Clarke, 1987; Guerette & Bowers, 2009):
- Desplazamiento espacial: los delincuentes mueven sus actividades a otros lugares.
- Desplazamiento temporal: los delitos se llevan a cabo a diferentes horas que con anterioridad o en otros momentos del año.
- Desplazamiento delictivo: los delincuentes cambian de tipo de actividad.
- Desplazamiento metódico o táctico: los delincuentes emplean nuevos modus operandi.
- Desplazamiento de objetivo: los delincuentes buscan nuevos objetivos o víctimas.
- Desplazamiento de delincuente: nuevos delincuentes surgen en el mismo tipo de actividad que los anteriores llevaban a cabo.
Estos seis tipos de desplazamiento del delito acostumbran a verse como una consecuencia indirecta, de las medidas llevadas a cabo por las autoridades pertinentes, para prevenir o reducir un tipo de criminalidad. Ekblom (1997, p. 251) compara este fenómeno con una carrera armamentística entre delincuentes y legisladores: a medida que pasa el tiempo, ciertas formas de criminalidad que iban poco a poco desapareciendo, como resultado de intervenciones preventivas, terminan por reaparecer de forma gradual porque los delincuentes descubren nuevos métodos para delinquir. Aunque en teoría, cualquier tipo de desplazamiento de los anteriormente mencionados puede acaecer, en realidad parece que esto no acostumbra a traducirse en la práctica. A este respecto, Guerette & Bowers (2009) revisaron numerosas evaluaciones sobre operaciones policiales, concluyendo que no existen estudios lo suficientemente convincentes como para apuntar a que el desplazamiento del delito sea producto necesario de dichas intervenciones.
Más aun, los defensores de la prevención situacional consideran que los efectos de desplazamiento del delito son bastante limitados, puesto que los beneficios derivados de un tipo de delito no se obtienen en la misma medida al cambiar de delito o al trasladar la actividad criminal a un lugar diferente (Lanier & Henry, 2004 p. 90). Incluso si el desplazamiento se da como respuesta a una intervención, lo más probable es que los delitos sean de menor entidad. A menudo, el crimen desplazado se ve afectado en cuanto a su incidencia, ocasionando menor daño, o se da simplemente en menor escala (Guerette, 2009 p. 36). Esto es lo que se conoce como “desplazamiento benigno”. Otra ventaja aun mayor, que puede derivarse de las intervenciones preventivas, es la ya mencionada, difusión de beneficios. Se hace referencia aquí, a los efectos colaterales que puedan resultar de una intervención situacional, a menudo no intencionados y positivos (Clarke and Eck, 2005).
Es precisamente lo opuesto al desplazamiento del delito y se puede definir como “la reducción de la criminalidad que pueda en ocasiones suceder, más allá de aquello en lo que específicamente se centran las medidas situaciones de prevención que se apliquen” (Clarke & Weisburd, 1994 p. 166). Un ejemplo sencillo y visible es la introducción de cámaras en varios semáforos de una ciudad; el número de conductores que se salten los semáforos bajará, no sólo en los lugares donde se encuentren las cámaras, sino potencialmente en casi cualquier lugar donde haya un semáforo. Desde luego, esto sólo ocurrirá si los conductores en cuestión, desconocen la precisa ubicación de cada una de las cámaras. Además de los posibles efectos positivos que se deriven de medidas de prevención situacional, existe por supuesto la posibilidad de que se den efectos negativos. Es decir, que el desplazamiento del delito agrave la situación aun más. No obstante, como ya hemos mencionado con anterioridad, estudios recientes demuestran que este tipo de desplazamiento “maligno” no acostumbra a darse.
En cualquier caso, no es en modo alguno sencillo evaluar los efectos derivados del desplazamiento del delito, sean positivos o negativos. Todo depende, lógicamente, del tipo de delito que se estudie. En lo que se refiere a los delito más “comunes”, como robos, delitos callejeros, robo de identidad, fraude con tarjeta de crédito, etc., el grado de desplazamiento podría medirse empleando modelos matemáticos (Bowers & Johnson, 2003; Bosse et al., 2008). Un estudio de la Universidad de Maryland, trató de determinar si el centrar la actividad y recursos policiales en “puntos calientes” (hot spots) de criminalidad, generaba un desplazamiento delictivo a otros lugares de la ciudad en donde la presencia policial era más escasa. Para ello, contaron con el apoyo del cuerpo de policía de la ciudad de Jersey, al que acompañaron durante ocho semanas en sus redadas anti-droga (Weisburd et. al, 2006). Los resultados de dicho estudio contradicen la opinión académica generalizada, que atribuye a las intervenciones policiales, un desplazamiento inmediato a zonas adyacentes (ver Gabor, 1990; Eck, 1993). De hecho, según concluyen Weisburd y compañía, el desplazamiento espacial es muy limitado, dado que implica un esfuerzo sustancial y un mayor riesgo para los delincuentes. Cabe reiterar, no obstante, que el foco de atención de su estudio, fueron los delitos callejeros como el tráfico menor de drogas.
Medir el desplazamiento del delito en lo que se refiere a realidades delictivas de mayor entidad, como el crimen organizado, es una tarea que se presume mucho más compleja. En gran medida, porque son delitos que no acostumbran a denunciarse y en muchas ocasiones, ni siquiera se conocen sus responsables. Von Lampe (2011), estudió la posibilidad de desplazamiento en el mercado ilegal de anfetaminas en Holanda. Para ello, se centró en la adquisición de precursores por grupos criminales conocidos por las autoridades holandesas y en la actividad policial que tuvo lugar en respuesta. Al comparar los seis tipos posibles de desplazamiento que podían darse, el desplazamiento espacial y el metódico fueron los que sobresalieron. Los fabricantes de droga se nutrían de nuevos países para obtener los precursores, a la par que empleaban nuevos métodos de conversión y producción. A pesar de las limitaciones inherentes al estudio del desplazamiento de la delincuencia de tipo organizado, Von Lampe pudo demostrar cierto grado de desplazamiento efectivo.
3. La difusión de beneficios en el marco de operaciones policiales
El delito es un fenómeno multifacético y complejo, como ya hemos visto con anterioridad. La forma en que el conjunto de la sociedad, entendido como las mujeres y hombres que la integran, piensa con respecto a los delitos y a las personas a las que considera responsables de comportamientos delictivos, es lo que determina la respuesta que la mayoría considera apropiada y justa. En los años cuarenta, Edward Sutherland introdujo el concepto de “delitos de cuello blanco” (white-collar crime), con el fin de atraer mayor atención a los delitos perpetrados por las clases altas y la élites corporativas (Sutherland, 1949). Sutherland desafió la percepción generalizada y aceptada por la mayoría de la sociedad en aquel momento, mediante la cual los delitos eran algo típicamente atribuibles a las clases más bajas de la sociedad. A raíz de su tesis, la opinión pública comenzó a demandar mayor acción contra este tipo de criminalidad hasta entonces, en gran medida, desconocida. Este ejemplo sirve para ilustrar como realidad y percepción, a menudo no van de la mano. Hay que reconocer no obstante, la existencia de formas de criminalidad en las que alcanzar un consenso mayoritario en cuanto a su “reprochabilidad social”1Entendida como la censura de la acción ajena. La inadecuación de la conducta con la moral o el Derecho positivo (vigente), que conduce a un juicio antisocial o a un fallo penal. En Derecho se erige en base de la culpabilidad., supone una tarea de relativa sencillez. Se trata, por supuesto, de los delitos que atentan contra los bienes más preciados que posee cualquier sociedad civilizada: la vida e integridad física de sus miembros. Es por este motivo, que quizás merezca la pena centrar el estudio del desplazamiento delincuencial, sobre intervenciones que tratan de reducir la incidencia de crímenes violentos.
La efectividad preventiva de las operaciones policiales cuyo objetivo fundamental sea desmantelar una forma concreta de criminalidad, pueden parecer limitadas en su enfoque, al centrarse de modo artificial en un sólo tipo de infractor – el traficante, el ladrón, el agresor, etc. – o en un área determinada de infracción – prostitución, drogas, violencia callejera. Estas limitaciones, guardan a priori una estrecha relación con la legitimidad informal o la percepción de su validez por parte de la sociedad. No todos vemos la misma necesidad en una redada antidroga, que en una redada anti-terrorista. La última puede que responda puramente a intereses políticos, y no a informes de inteligencia o a buen trabajo policial. Puede que también se vulneren más derechos y libertades de personas inocentes con el dispositivo anti-terrorista, que con el dispositivo anti-droga. En definitiva, puede que racionalmente la operación anti-droga, desde un punto de vista preventivo, sea mucho más efectiva y justificable. Y, sin embargo, su efectividad se medirá en gran medida, por el baremo de su legitimidad percibida. Dicho de otro modo, la valoración más positiva o negativa que el público realice con respecto de una u otra operación, guardará estrecha relación con lo necesaria que la considere.
Asimismo, al medir la efectividad de las operaciones policiales que se centran en un tipo de criminalidad concreta, a menudo se obvian o se ignoran una serie beneficios que pueden presentarse. Tal y como demuestran numerosos estudios, los beneficios que en ocasiones se derivan de actividades de prevención criminal, van más allá de la mera reducción en la incidencia del tipo de delincuencia que pretende prevenirse (Painter et al. 1999; Bowers et al. 2011; Weisburd et al., 2012; Windle et al., 2012). Todos estos estudios se refieren a la difusión de beneficios. Ésta es posible precisamente, a través de actividades preventivas focalizadas como lo son las operaciones policiales con targets u objetivos específicos y tangibles. Operaciones centradas en crímenes y/o en delincuentes particulares. En el marco de estas intervenciones, la difusión de beneficios acarrearía un desplazamiento positivo de la criminalidad, hacia formas menos nocivas de delincuencia en la zona de intervención policial. Lo cual podría verse acompañado, por una reducción significativa de la delincuencia en general, en las zonas adyacentes, como resultado de la disuasión.
Este tipo de “prevención gratuita”, que sucede de manera inesperada, no suele tenerse en consideración en la planificación operativa de los cuerpos de policía, por tres razones fundamentales:
- El concepto de “difusión de beneficios” no goza aun de reconocimiento en los ámbitos policiales.
- Los beneficios no pueden garantizarse antes de que la intervención de comienzo.
- Existe siempre el riesgo de que haya desplazamiento del delito en lugar de difusión de beneficios.
Sin embargo, hay suficientes razones de peso para traer este tipo de ventajas preventivas a la palestra. Posibles beneficios en la reducción de la criminalidad más allá de una prevención localizada a nivel geográfico, puede servir para justificar gastos operativos, obtener la aprobación de los mandos superiores, e incrementar el apoyo público. La reducción de la criminalidad en otros lugares, próximos a los que se ha intervenido y por tanto, vinculables teóricamente al ámbito del operativo policial, hace que la propia intervención cobre mayor sentido. Dicha reducción de la incidencia delincuencial puede medirse de forma cuantitativa, derivando así en beneficios tangibles y demostrables.
Entre los años 2011 y 2012 tuvieron lugar una serie de tiroteos en Sídney (Australia), que atrajeron la atención de los medios de comunicación. La constante cobertura mediática de estos incidentes, generó gran preocupación entre la opinión pública en lo referente a la violencia con armas de fuego y su presunta conexión con bandas criminales. Dicha preocupación se vio correspondida por las cifras de delincuencia oficial, que mostraron un aumento en el número de delitos cometidos con arma de fuego, en los que se habían producido disparos. En concreto, la Oficina de Estadística e Investigación Criminal del Estado de Nueva Gales del Sur, hizo público un estudio mostrando como el número de tiroteos en Sídney había aumentado de 41 en 1995 a 100 en 2011, mientras que el resto de categorías delictivas con arma de fuego se redujeron significativamente en el mismo periodo (Birdsey, 2012 p. 8).
En 2013 la policía federal australiana y la policía estatal de Nueva Gales del Sur, lanzaron “Operación Garra” (Operation Talon). Una intervención situacional, basada en informes de inteligencia, que se centró exclusivamente en el los delitos llevados a cabo con arma de fuego en la ciudad de Sídney.2http://www.police.nsw.gov.au/community_issues/operation_talon (acceso:14 de noviembre de 2015 a las 15:36)
Cabe recordar al lector, que la compra-venta y posesión de armas de fuego en Australia es ilegal en todos y cada uno de sus estados. Por supuesto, hay diferentes tipos de armas y algunas son más accesibles que otras. Sin embargo, a falta de un permiso oficial, todas aquellas que requieran munición o que disparen proyectiles, están prohibidas.3Ver, por ejemplo: Firearms Act 1996 (NSW) s. 3 Operación Garra, todavía en activo, incluye patrullas constantes en los puntos calientes conocidos, así como investigaciones especializadas, trabajo de campo, comunicación constante con la comunidad afectada y personal forense dedicado. Durante los primeros meses, el objetivo principal fue la reducción de este tipo de criminalidad en un veinte por ciento, con respecto al año anterior.
Para ello, se focalizó gran parte de la actividad policial en delincuentes reincidentes y en bandas callejeras. Intensiva vigilancia y una rápida respuesta investigativa a cualquier tipo de delito relacionado con armas de fuego y crimen organizado, todo ello coordinado por la unidad de inteligencia criminal, condujeron a desmantelar diecinueve intentos de homicidio, llevándose a cabo cuarenta y dos arrestos en el primer mes de implantación.4http://www.dailytelegraph.com.au/news/nsw/perfectly-executed-how-clever-nsw-police-tactics-foiled-warring-middle-eastern-crime-families-assassination-plots/story-fni0cx12-1227032509712 (acceso: 21 de noviembre de 2014 a las 17:12) Transcurridos ya dos años desde que dio comienzo de forma oficial este operativo policial, es posible afirmar una reducción significativa de la incidencia de delitos violentos con arma de fuego en el área metropolitana de Sídney5http://www.abc.net.au/news/2014-12-03/gun-crime-down-drug-arrests-up-in-new-south-wales/5936034 (acceso: 21 de noviembre de 2014 a las 18:07). De hecho, el Senado australiano abrió una Comisión de Investigación con el fin exclusivo de medir la efectividad de operaciones policiales, centradas en la reducción de los delitos cometidos violentos cometidos con arma de fuego (SLCAR, 2015).
El informe resultante sugiere que estas intervenciones focalizadas en las armas de fuego, han contribuido positivamente a una menor disponibilidad de las mismas en manos de criminales, como muestra la reducción del uso de armas de fuego en diversas categorías de delitos violentos en los últimos años. Asimismo, como cabría esperar, se ha producido un incremento del 20% en el número de delitos de posesión de arma de fuego ilegal en Sídney, a causa de un mayor número de detenciones e incautaciones (Goh et al., 2014 p. 16). Estos datos revelan, no sólo que el haber detenido a un número de delincuentes conocidos, influye en que se cometan menos delitos; sino que esto ha conllevado a que muchos otros se hayan podido abstener de disparar un arma de fuego contra otra persona. No porque sean seres racionales que toman decisiones teniendo en cuenta todas las posibles variables en juego. Sino por el simple hecho de que muchos perciben su aprehensión, infinitamente más probable, si emplean un arma de fuego. Esta difusión de los beneficios, derivada de los cuatro meses de intervención policial, se tradujo en un declive en todos los delitos registrados con arma de fuego durante cuarenta y cinco semanas consecutivas6http://www.bocsar.nsw.gov.au/Pages/bocsar_media_releases/2014/mr_rcs_sep14.aspx (acceso: 6 de diciembre de 2015 a las 9:23).
4. Conclusión
Entender el patrón temporal de homicidio con arma de fuego así como su frecuencia, no es en absoluto tarea sencilla. No obstante, evaluar la efectividad de un operativo policial durante su ejecución, o a posteriori, no requiere demasiados esfuerzos. Los cuerpos de policía en la mayoría de los países, han puesto en práctica en algún momento operaciones centradas en un tipo específico de criminalidad, desplegando una gran cantidad de recursos, con el fin de reducir de forma significativa los delitos violentos.
Sin embargo, evaluaciones comprensivas que midan la efectividad de tales intervenciones cuantitativamente, destacan por su ausencia. Por desgracia, la evaluación de los operativos policiales centrados en reducir o prevenir delitos, parece ser una preocupación secundaria para las instituciones que las aprueban. Este tipo de intervenciones policiales, que padecen a menudo los efectos de la crítica académica, podrían gozar de mayor apoyo y justificación, si les acompañase una correcta evaluación de sus resultados. Por otro lado, hay un importante número de razones por las cuales estos operativos policiales siguen siendo comunes. En primer lugar, la existencia de un marco de presión político que demanda unos resultados a corto plazo. Si la policía despliega una considerable cantidad de medios para tratar de contrarrestar la criminalidad, esto va a atraer atención mediática y por tanto, visibilidad. Se induce una sensación de seguridad en la ciudadanía al verse a la policía respondiendo de forma contundente a lo que se percibe son problemas sociales claves. Asimismo, desde un punto de vista administrativo, estas operaciones son relativamente fáciles de llevar a cabo; tienen un punto de partida, un enfoque operativo y un punto final. También pueden planearse con bastante anticipación, lo cual facilita la asignación presupuestaria y de recursos.
Evaluaciones serias y consistentes, a disposición del público, de operativos policiales es algo necesario. Estas evaluaciones servirán para aumentar la legitimidad percibida de los operativos así como su aceptación social. Más aun cuando se tengan en cuenta efectos positivos derivados, como la difusión de beneficios. Si hay algo que necesitan los cuerpos de policía en países democráticos para ser efectivos, mas allá del grado de preparación y capacidad de sus integrantes, es un alto grado de legitimidad social. Ser percibidos por la mayoría, como representantes de la voluntad popular y defensores del bienestar social. En definitiva, como autores legítimos del uso de la coerción para garantizar el orden público y la seguridad ciudadana.
Las fuerzas y cuerpos de seguridad necesitan tomar en consideración la difusión de beneficios que puedan derivarse de sus operativos, a la hora de ponerlos en práctica. Igualmente, hacen falta más estudios e investigaciones que evalúen el posible desplazamiento de delito y la difusión de beneficios que pueda tener lugar en tales operativos.
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[1] Entendida como la censura de la acción ajena. La inadecuación de la conducta con la moral o el Derecho positivo (vigente), que conduce a un juicio antisocial o a un fallo penal. En Derecho se erige en base de la culpabilidad.
[2] http://www.police.nsw.gov.au/community_issues/operation_talon (acceso:14 de noviembre de 2015 a las 15:36)
[3] Ver, por ejemplo: Firearms Act 1996 (NSW) s. 3
[4] http://www.dailytelegraph.com.au/news/nsw/perfectly-executed-how-clever-nsw-police-tactics-foiled-warring-middle-eastern-crime-families-assassination-plots/story-fni0cx12-1227032509712 (acceso: 21 de noviembre de 2014 a las 17:12)
[5] http://www.abc.net.au/news/2014-12-03/gun-crime-down-drug-arrests-up-in-new-south-wales/5936034 (acceso: 21 de noviembre de 2014 a las 18:07)
[6] http://www.bocsar.nsw.gov.au/Pages/bocsar_media_releases/2014/mr_rcs_sep14.aspx (acceso: 6 de diciembre de 2015 a las 9:23)
Licenciado en Sociologia y en Criminologia. Tras finalizar sus estudios de posgrado en Australia, ha trabajado como técnico de prevención ciudadana en varios gobiernos locales y en la actualidad, es Analista en la unidad policial del Defensor del Pueblo en Sidney (NSW Ombudsman).