Resumen
El Enano fue el curioso nombre de un popular semanario madrileño de mediados del siglo XIX que se autodefinía como un periódico de ciencias, artes y literatura, y especialmente de loterías y tauromaquia y que salió a los quioscos, los martes por la tarde, entre 1851 y 1858. Actualmente, el contenido de todos sus ejemplares semanales puede descargarse en el portal de la Biblioteca Nacional de España.
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La sección científica que se editó a tres columnas en la portada del 12 de septiembre de 1854 estaba dedicada a un estudio que, por aquel entonces, se encontraba de moda: la frenología establece como principio que la cabeza es el órgano de las facultades mentales, enseña el tamaño y configuración de las partes duras cefálicas que indican estas facultades, ya individual, ya agrupadamente, en sus diferentes grados de acción, hace conocer el gesto, movimiento, expresión ó lenguaje natural que cada una de estas facultades imprime á la cara y demás partes del cuerpo. A grandes rasgos, hoy en día se considera que la frenología no es más que una pseudociencia que, examinando los rasgos del cráneo y las facciones de la cara de una persona, considera que se puede descubrir si un individuo va a desarrollar tendencias criminales; de modo que esta teoría decimonónica terminaba asociando la idea de la belleza con la bondad y, por el contrario, la fealdad con la maldad.
El curioso juego de palabras que da título a este in albis hace referencia a dos leyendas urbanas relacionadas con la frenología que se vienen comentando por toda Europa desde mediados del siglo XIX pero que, en el XXI, sólo pueden documentarse por fuentes escritas secundarias que simplemente las reproducen, citándolas de manera parcial.
La primera se encuentra en el libro Cours de Phrénologie, obra de François Broussais que se publicó en París en 1836 (en Gran Bretaña, ese mismo año se divulgó una versión en inglés en The Lancet, de Thomas Wackley; y en España se editó en 1844 bajo el título de Lecciones de Frenología). Este médico bretón relataba en la página 108 la siguiente anécdota que se comentó durante la celebración de una reunión de la Sociedad Frenológica de Londres, sobre el Marqués de Mascardi, un convertido á la creencia del sistema de [Franz Joseph] Gall [el anatomista alemán que impulsó estas teorías] que siendo presidente del tribunal criminal de Nápoles presumiblemente –y digo que se presume porque no he encontrado ningún documento italiano que se refiera a este polémico juez de lo penal que al parecer impartió justicia en la ciudad del Vesubio entre 1778 y 1782 (y en la era de la infoxicación digital en que vivimos resulta muy extraño no encontrar alguna mínima referencia a él en su país de origen)– siempre que un criminal condenado á muerte debía sufrir la pena sin haber confesado sus crímenes, á pesar de la convicción provada por testimonios suficientes, le hacía comparecer ante sí, ecsaminaba atentamente su fisonomía y luego su cabeza, y por lo que en ellos observaba daba la sentencia definitiva”. En ese mismo sentido, el periódico El Enano del mencionado 12 de septiembre de 1854 lo narraba de un modo análogo: [Mascardi] hacía comparecer á su presencia a los reos inconfesos sentenciados á muerte, y examinaba sus rostros y cabezas para pronunciar la sentencia definitiva.
El famoso fallo judicial del juez napolitano podía ser uno de los dos siguientes, dictados en latín: Auditis testibus pro et contra, visa facie et examinatio capite, ad furcas damnamus [Oídos los testigos a favor y en contra y vistas tu cara y tu cabeza, te condeno a la horca] ó Auditis testibus pro et contra, reo ad denegandum obstinatio, visa facie et examinatio capite, non ad furcas, sed ad catenas damnamus [Oídos los testigos a favor y en contra, en negándolo con obstinación, vistas tu cara y tu cabeza, no te condeno a la horca sino a las cadenas].
Esta atípica forma de condenar a un imputado por el mero hecho de que su cara o su cabeza no cumplieran con los cánones de belleza, parece que tuvo un antecedente en el Derecho Romano; en concreto, con la segunda leyenda urbana de hoy: el presunto Edicto de Valerio –que, de nuevo, sólo existe en citas parciales– según el cual, se atribuye a este emperador que apenas ocupó el trono de Roma durante unos cuatro meses, a comienzos del siglo IV, la siguiente máxima: Cuando tengas dudas entre dos presuntos culpables, condena al más feo; es decir, parafraseando el célebre aforismo latino, en este caso sería: in dubio pro feo.
Se ha querido encontrar una base histórica a este razonamiento remitiéndose, en el Antiguo Testamento, al libro de los Proverbios de Salomón cuando el rey de Israel afirmaba que los malos comen el pan del crimen y beben el vino de la violencia (Prov. 4, 17) y, como la cara es el espejo del alma, esa maldad –en su opinión– debía reflejarse en el rostro. De hecho, hay quienes consideran que si a un delincuente se le denomina malhechor es, precisamente, porque esa persona que está mal hecha. El diccionario de la RAE no llega tan lejos y, sencillamente, lo define como el que comete un delito, y especialmente que los comete por hábito.
Bibliografía
Valladolid (Castilla y León | España 1969).
Escritor (director de Quadernos de Criminología | redactor jefe de CONT4BL3 | columnista en las publicaciones La Tribuna del Derecho, Avante social y Timón laboral | coordinador de Derecho y Cambio Social (Perú) | colaborador de noticias.juridicas.com); ha publicado en más de 600 ocasiones en distintos medios de 19 países; y jurista [licenciado en derecho y doctorando en integración europea, en el Instituto de Estudios Europeos de la Universidad de Valladolid | profesor de derecho constitucional, política criminal y DDHH (UEMC · 2005/2008)].
Sus últimos libros son Las malas artes: crimen y pintura (Wolters Kluwer, 2012) y Con el derecho en los talones (Lex Nova, 2010).
Este blog te acercará a lo más curioso del panorama criminológico internacional de todos los tiempos; y, si quieres conocer otras anécdotas jurídicas, puedes visitar el blog archivodeinalbis.blogspot.com