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El estudio científico del delito, considerado objetivamente, como fenómeno mórbido de la actividad del individuo social, constituye el objeto de la moderna criminología. La escuela clásica de Derecho Penal – cuyo espíritu campea en la legislación contemporánea – considera el delito como un simple hecho antijurídico; no atribuye toda su importancia a las condiciones orgánicas y mesológicas que contribuyen a su determinación.
El delito aparece como una entidad abstracta, independiente de todo determinismo, susceptible de ser castigado como expresión de la maldad intencional del delincuente; la pena está proporcionada a la gravedad de los efectos del delito y a la apreciación caprichosa de las intenciones del que lo comete, prescindiendo, en su ponderación, del valor de las causas determinantes, especiales en cada caso.
En suma: la escuela penal clásica establece categorías desiguales de delitos y considera que los delincuentes están dotados de libre albedrío y responsabilidad. Poco significan, jurídicamente, la diversidad de las condiciones del medio donde se comete el delito, ni la particular constitución fisiopsíquica de cada delincuente.
Si alguna vez la escuela penal clásica intenta determinar los carácteres fisiopsíquicos individuales, lo hace de manera tan parcial e incompleta, partiendo de principios tan absurdamente peligrosos, que convierten en causa de relativa impunidad los motivos que impondrán aplicar con mayor severidad los medios de defensa social (delincuentes locos, impulsivos, alcoholistas consuetudinarios, etc).
Tal criterio, abstractamente metafísico, no podía seguir rigiendo la ciencia penal en una época en que todas las disciplinas biológicas y sociológicas son regeneradas por las nociones fundamentales del evolucionismo y del determinismo. Era inevitable, pues, que de las viejas doctrinas, fundadas en la especulación pura, se evolucionara hacia nuevos criterios, cimentados en la observación directa de los hechos que caen bajo la acción de la ley penal y en el estudio desús condiciones determinantes.
Las modernas investigaciones científicas enseñaron que las condiciones del medio físico o cósmico influyen de una manera indudable en la determinación del fenómeno delictuoso. Demostraron que las condiciones del medio social impulsan, en muchos casos, al hombre hacia el delito. Por fin, evidenciaron que no existen dos individuos cuya constitución fisiopsíquica sea idéntica; esas desigualdades hacen que la acción de causas análogas se traduzca por reacciones distintas en cada individuo, con independencia absoluta de su «libre albedrío», a punto de que un sujeto debe reaccionar en sentido delictivo mientras otro en iguales circunstancias se ve forzado mantenerse honesto.
Así el derecho penal ascendió a una nueva vida, más intensa y fecunda, más verdadera. Ya en medicina se había conquistado la noción fundamental de que no hay enfermedades sino enfermos; en criminología pudo afirmarse que no hay delitos sino delincuentes.
Y así como el médico verdadero no tiene panaceas infalibles para cada enfermedad, mas adapta de una manera especial sus medios terapéuticos a cada uno de sus enfermos, considerando su temperamento y las circunstancias ambientes que rodean a la enfermedad, el criminalista científico sabe que en cada caso debe hacerse un estudio especial y no aplicar solamente una fórmula apriorista del código. De este modo nació la concepción positiva del delito, aplicando a su estudio las reglas del método científico y creando la moderna criminología.
1. Programa de la Criminología Científica
Hasta ahora los estudios de criminología han pasado por el período de formación evolutiva; y es lógico que, en una ciencia no bien organizada todavía, no se haya llegado a las síntesis definitivas. Pero cabe observar que no siempre se ha dado la importancia merecida al método de estudio.
La mayor parte de las obras fundamentales sobre esta ciencia carecen de un plan claro de la materia estudiada, que solo puede ser la resultante de la comprensión global del conjunto.
Es posible, sin embargo, esbozar un programa sintético de la criminología. El método positivo general, aplicado al estudio particular de los fenómenos de la patología humana o social, enseña que debe estudiarse desde tres puntos de vista principales: sus causas, sus manifestaciones, su tratamiento. Según ese principio, cuya aplicación sistemática ha escapado hasta ahora a los criminólogos, tenemos en criminología tres campos de estudio:
- Etiología criminal: estudia las causas determinantes de los delitos. En lugar de presuponer el «libre albedrío» del delincuente, busca el «determinismo» de su acto antisocial: en su constitución orgánica y en las condiciones del ambiente en que vive.
- Clínica criminológica: estudia las múltiples formas en que se manifiestan los actos delictuosos y los caracteres fisiopsíquicos de los delincuentes. No trata de establecer la «responsabilidad» del delincuente, sino de fijar su grado de «temibilidad» según el peligro que pueda resultar de su convivencia en la sociedad.
- Terapéutica criminal: estudia las medidas, sociales o individualizadas, de profilaxia o de represión del delito; no trata de «castigar» al delincuente suponiéndole libre de preferir el mal al bien, sino que procuran asegurar la «defensa social» contra su actividad morbosa, mediante instituciones preventivas y la segregación en establecimientos apropiados a los diversos casos.
Planteada en esta nueva forma, sintética y clara, queda la criminología perfectamente diferenciada en sus grupos fenoménicos principales, y a la vez desaparecen las causas de error que pesan sobre el Derecho Penal, tal como lo entendiera la escuela clásica. Ella, en efecto, se proponía hacer simple terapéutica (y aun en esto marchaba bajo el peso del errado criterio del «castigo»), con omisión de todo estudio relativo a etiología y clínica. Sus códigos aprioristas hacen el efecto de los formularios médicos que figuran en los almanaques: primero el nombre de una enfermedad y a continuación la dosis de un medicamento. Así el código: tal delito, tal pena.
¿Qué se pensaría de un médico que pretendiera recetar a sus pacientes sin averiguar la causa de su enfermedad y sin estudiar la evolución clínica de la misma ? ¿Y de un ingeniero que levantara un edificio ignorando la constitución del suelo sobre el cual lo levanta y sin calcular la resistencia de los materiales empleados? El mismo criterio puede aplicarse para apreciar los errores del derecho penal clásico.
2. Las causas de la criminalidad
Los factores que convergen a la determinación del fenómeno delictivo fueron divididos en dos grandes categorías.
- Factores endógenos, biológicos, propios de la constitución fisiopsíquica de los delincuentes.
- Factores exógenos, mesológicos, propios del medio en que actúa el delincuente.
Los primeros se manifiestan por modalidades especiales de la conformación morfológica y del funcionamiento psíquico de los delincuentes. Los segundos son relativos a las condiciones del ambiente físico o del ambiente social. El estudio de los factores biológicos constituye la antropología criminal. Comprende dos partes vinculadas entre sí y recíprocamente subordinadas: la morfología criminal, que estudia los carácteres morfológicos de los delincuentes, y la psicopatología criminal, que estudia sus anormalidades psíquicas.
Los factores externos o exógenos, constituyen la mesología criminal. Comprende, a su vez, dos partes: la sociología criminal, que estudia los factores sociales del delito, y la meteorología criminal que estudia sus factores meteorológicos, llamados también físicos, naturales o telúricos.
Aquí cabe una observación. Los autores que llaman a la ciencia del delito «antropología criminal» a «sociología criminal» cometen un error de importancia, llamando al todo con el nombre de una parte de la «etiología criminal». Y, aunque sea error de nombre, justo es corregirlo; máxime tratándose de una rama científica nueva, que por encontrarse en su período de formación ha sido objeto de tantas y tan lamentables confusiones. Hora es ya de introducir en ella el método y la claridad, dando a cada término su verdadera significación. En conjunto debe ser llamada, simplemente, «criminología»: ciencia del delito, como la llamó Garófalo.
3. Concordancia entre las escuelas antropológica y sociológica
Desde que la criminología se constituyó de manera definitiva se señalaron en su literatura científica dos tendencias diversas: la una quiso atribuir toda la etiología a los factores antropológicos, la otra quiso atribuirla, casi exclusivamente, a los sociales. La escuela antropológica, conocida por escuela italiana, fue en su primera época un tanto unilateral, atribuyendo escasa importancia a los factores sociales. Frente a ella nació – también en Italia – la tendencia sociológica (Colajanni, Turati, etc.), que después tuvo su auge en Francia, donde se la titula escuela francesa, siendo enriquecida por los valiosos estudios de Lacassagne y sus discípulos.
En realidad los franceses no han hecho sino comenzar por la segunda etapa de la criminología italiana, dedicándose a criticar su primera época, cuando ya los italianos comenzaban a salir de ella.
Es indudable que en los primeros estudios de la escuela italiana se exageró la importancia de los factores antropológicos; pero, en resumidas cuentas, fue una exageración útil, por cuanto la gran evidencia científica de Lombroso y de su escuela consistió, precisamente, en demostrar que los delincuentes desarrollan una actividad anormal, desde el doble punto de vista psicológico y sociológico.
Pero bien pronto, en Italia misma, la crítica fue puliendo el concepto primitivo, y la escuela italiana consagró definitivamente – por medio de Ferri – la existencia de tres clases de factores en la etiología del delito: antropológicos, físicos y sociales. Esta es la segunda etapa de la escuela positiva italiana. La escuela francesa, por su parte, ha vivido engañándose con respecto a la italiana, para justificar su pretensión de constituir escuela a parte; sigue imputándole una tendencia exclusivista en sentido antropológico, que tuvo al nacer pero de la cual ha salido hace mucho tiempo.
Por otra parte, su afán de diferenciarse le hace exagerar sus propias convicciones, dando a los factores sociales un valor excesivo y aminorando el de los antropológicos, que no se atreve a desconocer por completo.
Para el estudioso que observa serenamente la cuestión no hay entre ambas escuelas ninguna disidencia de fondo, y sí puramente nominal. Ambas reconocen la coexistencia de las dos clases de factores en la etiología del delito; la cuestión podría ser de más o de menos.
En resumen: la diferencia entre las escuelas es más nominal que efectiva. No podría ser de otro modo. En la metafísica abstracta, de los penalistas clásicos, podía haber doctrinas opuestas, fundadas en la diversa interpretación subjetiva de cada autor; pero en el estudio científico del delito, que debe ser la comprobación exacta de sus causas y manifestaciones, no caben dos criterios: la verdad científica es objetiva, y cuantos estudien un mismo fenómeno están obligados a llegar a idénticas conclusiones.
Los que pretenden hacer hincapié sobre la diferencia entre ambas escuelas, se ven obligados a atribuir a sus adversarios errores y parcialidades que no profesan o, por lo menos, exagerar sus afirmaciones.
4. Valor respectivo de los diversos factores de la determinación del delito
Ninguno de los diversos grupos de factores basta, por sí solo, para explicar la etiología del delito. La necesidad de su coexistencia es una noción fundamental. Los partidarios de la escuela sociológica han sostenido que sin la acción del medio no bastan las condiciones fisiopsíquicas del delincuente; los de la escuela antropológica han demostrado que el medio por sí solo no crea delincuentes. Ambos han estado en lo cierto: los dos son indispensables.
Pero lejos de pensar que se excluyen recíprocamente, debieron reconocer que ninguno de ellos basta por sí solo para explicar toda la etiología criminal.
Lacassagne trajo a la discusión una analogía: el microbio (delincuente) es un elemento sin importancia si no encuentra el caldo de cultura (ambiente social): pero, con toda razón, pudo Ferri hacer notar que ningún caldo de cultura es capaz de engendrar microbios por generación espontánea. El delincuente más anormal, más tarado física y psíquicamente, necesita encontrar en el medio las condiciones propicias para dar escape a sus tendencias mórbidas.
De igual manera, las condiciones del medio, aunque sean pésimas, necesitan actuar sobre un carácter o sobre un estado psicológico especial, para arrastrar al individuo al delito. En la combinación cuantitativa de esos diversos factores puede observarse una gama completa.
En un extremo se tendrá la combinación de un máximo de factores endógenos (fisiopsíquicos) con un mínimo de exógenos (sociales). En otro extremo: endógenos mínimos y exógenos máximos. Allá tenemos al sujeto orgánicamente predispuesto al delito, al loco moral o delincuente nato, al delincuente loco, al impulsivo sin inhibición; aquí tenemos al delincuente ocasional, al hambriento, al ebrio, al emocionado.
José Ingenieros (nacido como Giuseppe Ingegnieros; Palermo, 24 de abril de 1877-Buenos Aires, 31 de octubre de 1925) fue un médico, psiquiatra, psicólogo, criminólogo, farmacéutico, sociólogo, filósofo, masón, teósofo, escritor y docente ítaloargentino. Su libro Evolución de las ideas argentinas marcó rumbos en el entendimiento del descarrilamiento histórico de Argentina como nación. Se destacó por su influencia entre los estudiantes que protagonizaron la Reforma Universitaria de 1918.
Ingenieros no fue lo que actualmente se denomina «sociólogo»; más bien se podría calificarlo como un ensayista crítico. Sus ensayos acerca de la sociedad de su época ayudaron a abrir el diálogo sobre un sinnúmero de aspectos morales y éticos de la Argentina de principios del siglo xx, discusión que se originó en diversas corrientes de opinión política de la época como el socialismo, la masonería, el comunismo y el anarquismo y que derivó en la inclusión, transformada por cierto, de esos principios en vastos movimientos sociales como el radicalismo y el peronismo. Fuente: Wikipedia.