Resumen
Su posible traslado a la sociedad actual
Don Quijote concibe la justicia penal partiendo de la bondad, la caridad, la misericordia y la compasión, lo que le lleva a percibir al delincuente más como una víctima que como un transgresor, de ahí su consideración del castigo de la conducta delictiva como algo inmerecido. Partiendo de esta premisa, el autor de este artículo analiza los posibles paralelismos que tiene en la sociedad actual esta percepción de Don Quijote.
Artículo completo
I.- Introducción
Podemos preguntarnos por el interés que tiene actualmente para nosotros evocar las ideas y pensamientos de
II.- La percepción del delincuente por Don Quijote
Don Quijote como auténtico adalid de los valores de la justicia y de la libertad del individuo1, concibió la criminalidad de su época -siglos XVI y XVII- más como una consecuencia del sistema de aquel momento, que como una auténtica trasgresión de las normas imperantes. Concibió al delincuente como víctima de una sociedad desigual, llena de trabas y restricciones, de una administración de justicia corrupta y arbitratoria y de una autoridad despótica y abusiva, por ello consideró el castigo de dicha conducta delictiva como inmerecido.
1.- El delincuente como víctima de la sociedad 2
Comienza el Capítulo de los “galeotes” diciendo que Don Quijote alzó los ojos y vio que por el camino que llevaba venían hasta doce hombres a pie, ensartados, como cuentas, en una gran cadena de hierro por los cuellos, y todos con esposas a las manos.
Llegó en esto la cadena de galeotes, y Don Quijote, con muy corteses razones, pidió a los que iban en su guarda fuesen servidos de informalle y decille la causa o causas porque llevan aquella gente de aquella manera. (I, 22)
Don Quijote tras interrogar a seis de los doce “galeotes”3 que componían “la cuerda de presos” para enterarse de los pecados que los habían llevado a tal situación y conocer la causa de su desgracia, no le parecen suficientes las razones que le han manifestado para privarles de un bien tan preciado como la libertad.
El interrogatorio que Don Quijote hace a los “galeotes” le permite comprobar que no todos son iguales, tal y como se los había descrito uno de los guardas, a quien no le quedaba duda alguna de la malvada condición de todos y cada uno de ellos.
Vuestra merced llegue y se lo pregunte a ellos mesmos, que le dirán, si quieren, que sí querrán, porque es gente que recibe gusto de hacer y decir bellaquerías." (I. 22).
Este mismo concepto de los reos es el que tiene Sancho y que pone de manifiesto en el Capítulo XXX de la Primera Parte, cuando lleno de miedo porque la Santa Hermandad ha extendido un mandamiento de prisión contra su amo por haber dado la libertad a los “galeotes”, confiesa:
El que hizo esa fazaña fué mi amo, y no porque yo no le dije antes y le avisé que mirase lo que hacía, y era pecado darles la libertad, porque todos iban allí por grandísimos bellacos" (I.30).
Don Quijote sabedor de que las causas de la criminalidad no siempre se sitúan en la maldad de sujeto, sino en la sujeción del reo a las condiciones y circunstancias particulares de cada uno y que los delitos que le han relatado los “galeotes”, posiblemente, no se hubieran perpetrado si aquellos hubiesen disfrutado de unas mejores condiciones de vida, decide liberarlos, pidiéndoselo educadamente a los guardas.
Pido esto con mansedumbre y sosiego, porque tenga, si lo cumplís, algo que agradeceros; y cuando de grado no lo hagáis, esta lanza y esta espada, con el valor de mi brazo, harán que lo hagáis por fuerza” (I, 22).
Tras un fallido intento de hacerlo “por las buenas”, pues la contestación del guarda no deja duda alguna de que no va a ser posible atender la educada petición de Don Quijote
¡Donosa majadería! ¡Bueno está el donaire con que ha salido a cabo rato! ¡Los forzados del Rey quiere que les dejemos, como si tuviéramos autoridad para soltarlos, o él la tuviera para mandárnoslo! Váyase, vuestra merced, señor, norabuena su camino adelante!"
Ante esta contestación Don Quijote arremete contra el Comisario a quien deja malherido en el suelo de una lanzada, lo que provoca un caos en el que, al final, los presos quedan liberados de sus cadenas y los guardas huyen despavoridos.
Aunque el ansia de libertad de Don Quijote es evidente, tal y como se plasma claramente al inicio del Capítulo LVIII de la Segunda Parte, cuando dice a Sancho:
La libertad, Sancho, es uno de los más preciosos dones que a los hombres dieron los cielos; con ella no pueden igualarse los tesoros que esconde la tierra ni el mar encubre; por la libertad así como por la honra se puede y debe aventurar la vida, y por el contrario el cautiverio es el mayor mal que puede venir a los hombres”. (II. 58)
Sin embargo, libera a los “galeotes” porque piensa que no son justas las acusaciones imputadas a los reos. Este acto de liberación conlleva un significativo simbólico de defensa de los débiles, de los marginados y desamparados.
Don Quijote percibe a los presos como “pobres desdichados” merecedores de compasión, pero cuál es esta percepción en la sociedad actual.
En nuestra sociedad, el fenómeno de la delincuencia fue percibido también como fruto de una posible marginación o exclusión social, sin embargo hoy en día ha pasado a conceptuarse más como la consecuencia de la falta del control necesario que demanda la sociedad, lo que convierte la seguridad pública en el objetivo prioritario de la lucha contra la delincuencia. La característica más relevante de este modelo punitivo, que algunos penalistas denominan de la “seguridad ciudadana”, es que la sociedad no asume ya su responsabilidad en la génesis de la actividad delictiva, porque considera que la delincuencia tiene su explicación, no en las carencias sociales que pudieran condicionar el comportamiento delictivo del autor, sino en la libre voluntad de aquel. Esta actitud social ante el delito supone que el modelo punitivo actual concentre todos sus esfuerzos más en la lucha contra las manifestaciones delictivas que en las causas que las generan.
2.- El delincuente como víctima de la administración de justicia
La Administración de justicia en tiempos de Don Quijote estaba configurada por un complejo entramado de órganos, competencias y funciones caracterizado por desenvolverse en un escenario de corrupción generalizada de los empleados públicos administradores de la misma4. A esto hay que añadir que los métodos de aplicación de la justicia que imperaban en aquella época hacen presagiar que habría muchos inocentes que la maquinaria de la “justicia” les convirtiera en culpables.
En primer lugar, por la aplicación de la tortura como método normal para conseguir la confesión del delito.5
Una de las guardas le dijo: -Señor caballero, cantar en el ansia se dice, entre esta gente non santa, confesar en el tormento. A este pecador le dieron tormento y confesó su delito…………”. (I. 22)
No deja de sorprender que se pudiera asumir como algo lógico y natural que la práctica del tormento fuere el método correcto de averiguación de la verdad, como si no fuere evidente que bajo este método declaran sus culpas hasta los más inocentes.
……….Y va siempre pensativo y triste, porque los demás ladrones que allá quedan y aquí van le maltratan y aniquilan, y escarnecen y tienen en poco, porque confesó y no tuvo ánimo de decir nones. Porque dicen ellos que tantas letras tiene un no como un sí, y que harta ventura tiene un delincuente, que está en su lengua su vida o su muerte, y no en la de los testigos y probanzas; y para mí tengo que no van muy fuera de camino.”. (I. 22)
En segundo lugar, el no contar los reos entre sus posibilidades con una buena defensa o con el dinero suficiente -para comprar al juez- o para pagar una fianza adecuada, o para instrumentar a su favor todos los recursos legales que fuera posible encontrar.
El tercero de los galeotes respondió a Don Quijote que iba por cinco años a las “señoras gurapas”, por faltarle diez ducados, pues de haberlos tenido “hubiera untado con ellos la péndola del escribano y avivado el ingenio del procurador”. (I. 22)
Don Quijote termina el interrogatorio a los “galeotes”, haciendo un discurso donde revela toda clase de dudas sobre la administración de justicia de la época.
De todo cuanto me habéis dicho, hermanos carísimos, he sacado en limpio que aunque os han castigado por vuestras culpas, las penas que vais a padecer no os dan mucho gusto y que vais a ellas muy de mala gana y muy contra vuestra voluntad y que podría ser que el poco ánimo que aquel tuvo en el tormento, la falta de dineros déste, el poco favor del otro y, finalmente, el torcido juicio del juez, hubiese sido causa de vuestra perdición y de no haber salido con la justicia que de vuestra parte teníades”. (I. 22)
Este reproche de Don Quijote hacia Administración de justicia evidencia su absoluta desconfianza hacia la misma, por ello, decide liberar a los reos para restaurar los derechos humanos violados por esa administración corrupta y arbitraria.
Y es que la justicia para Don Quijote debe formar parte, incluso, de la propia naturaleza humana, tanto es así que en el celebre pasaje del bandolero Roque Guinart en el Capítulo LX de la Segunda Parte, Sancho pronuncia esta sentencia:
Es tan buena la Justicia, que es necesaria que se use aun entre los mesmos ladrones”. (II, LX)
En nuestros tiempos siguen siendo muchas las personas que no están conformes con la actuación de los jueces y tribunales. Las encuestas de opinión sobre la justicia otorgan a ésta sólo un 3,6 en una escala de 10 y el 71% de los entrevistados manifiestan una mala imagen de la misma. Esto se debe a que la justicia sigue adoleciendo de parcialidad y arbitrariedad, de ahí la facilidad con la que puede degenerar en instrumento de abusos e injusticias.
En todo caso es preciso señalar que la justicia, tanto en la época de Don Quijote, como hoy en día sigue siendo un valor fundamental, porque el individuo debe tener la seguridad de que el peso de la ley recaerá solamente sobre quien resulte ser el verdadero responsable de la conducta criminal, porque de lo contrario -la desconfianza en la justicia- convierte al delincuente en una víctima.
III.- Conclusión
D. Quijote liberó a los “galeotes” porque consideró el castigo de su conducta delictiva como inmerecido, poniendo de manifiesto que no siempre se identifica lo legal con lo justo, pero lo que consiguió con esa liberación fue una libertad sin justicia, algo ideal pero que no se corresponde con la realidad.
Todo lo que haya de injusto en las estructuras sociales y en el funcionamiento de la justicia es obligado cambiarlo, promoviendo su modificación, pero en cuanto un sistema punitivo sea la voluntad de la inmensa mayoría hecha ley y, en un sistema democrático así hay que entenderlo, se debe propiciar el respeto a la norma, tanto cuando se impone la pena, como cuando se ejecuta la misma. Si la injusticia está en las estructuras y el delincuente es víctima y no trasgresor de las mismas, a nadie puede extrañar una actitud negativa hacia el encarcelamiento antes, ahora y siempre.
1 Es preciso señalar que nos encontramos ante el sin par Don Quijote de la Mancha, el valeroso el desfacedor de agravios y sinrazones (I, 4), cuyo oficio no es otro que vengar a los que reciben tuertos y castigar alevosías (I, 17); cuya profesión es socorrer a los miserables y destruir a los rigurosos (II, 52)………..
2 La sociedad española del siglo XVI se componía de nobles, hidalgos, clases medias y el pueblo, que estaba constituido por labradores, los jornaleros, los artesanos y los menestrales; y en la clase ínfima figuraban los maleantes, vagabundos, pícaros, buhoneros, rufianes, bandidos, y esclavos, flor y nata de la novela picaresca.
3 En el Capítulo de los” galeotes” (I, 22) , se describen los diversos y variados tipos de delincuente de la épocas: contra la propiedad, contra la indemnidad sexual, contra las personas. Los “galeotes” eran delincuentes normales, sin muchas posibilidades económicas, porque la principal causa de la criminalidad en aquellos tiempos era la pobreza y el principal delito el robo y el pillaje.
4 La organización de la Administración de Justicia en el siglo XVI estaba estructurada por los Concejos Castellanos, vinculados estrechamente con las instituciones superiores del poder real y con las Chancillerías y Audiencias de Valladolid y de Granada, que ejercen sobre ellos un importante control jurídico, a nivel administrativo, judicial y económico-fiscal que emanaba del poder soberano del monarca como cúspide del sistema. Junto a esta estructura vertical subsistían otras relaciones de carácter horizontal, entre los Concejos Castellanos entre sí y de estos con otras instituciones locales, las llamadas Hermandades. Alrededor de todas estas instituciones figuraban una variedad de cargos relacionados con la Justicia.
5 La tortura está estos días de actualidad al reconocer la CIA que algunas pistas sobre el paradero de Bin Laden se obtuvieron con estas prácticas.
Bibliografía
Javier Nistal Burón, es licenciado en Derecho y diplomado en Criminología. Pertenece al cuerpo funcionarial de juristas de Instituciones Penitenciarias. Ha publicado más de un centenar de artículos doctrinales en distintas Revistas especializadas; asimismo, es coautor de varias publicaciones y autor de algunos libros sobre la temática penitenciaria.