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Situación jurídica del colectivo LGTBI. Delitos de odio

Marcos Torres Arbesú por Marcos Torres Arbesú
02/28/2023
en Criminología Queer, Criminología y Derechos Humanos, Criminología y Derechos LGTBIQ+
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Resumen

Han pasado doce años desde que en nuestras Cortes Generales se aprobara el Matrimonio Igualitario (El Pais, 2005) y veintisiete desde que la Organización Mundial de la Salud eliminara la Homosexualidad de su lista de enfermedades (Publico.es, 2017), a lo largo de todo este tiempo hemos visto grandes avances en el reconocimiento de Derechos Civiles para el colectivo LGTBI (Lesbianas, Gays, Transexuales, Bisexuales e Intersexuales) tales como uniones civiles, matrimonio, adopción, etc. pero también un retroceso importante en países como Rusia o los recientes acontecimientos en Chechenia (ElConfidencial.es, 2017) con el vergonzoso silencio de la Comunidad Internacional. Como decía antes, España fue pionera en Europa, solo detrás de países como Holanda y Bélgica, al reformar nuestro Código Civil para permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo, pese a que esa reforma supuso un avance importante en materia de equiparación de derechos civiles, nada se ha vuelto a hacer desde entonces por el colectivo LGTBI a nivel estatal. Fruto de este abandono y ante la pasividad legislativa y judicial han comenzado a aumentar los llamados “delitos de odio” en nuestro país; cuando hablamos de «delitos de odio», nos referimos a toda una categoría de conductas que presentan como factor único, significativo y común la presencia de un elemento motivador, el odio y la discriminación. (Ministerio del Interior, s.f.)

Artículo completo

Para poder leer el artículo completo puedes hacerte con un ejemplar de Criminología y Justicia Refurbished Vol. 2, #6, el número monográfico especial dedicado al colectivo LGBTiQ+.

Marcos Torres Arbesú
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    Etiquetas: Criminología y Justicia RefurbishedCriminología y Justicia Refurbished Vol. 2. Nº 6Delitos de odioLGTBIQ+
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