Resumen
“En 2009 Segismundo Arribas, incapaz de controlar su drogodependencia sustrajo objetos de una obra por valor de 476 euros y fue acusado también de cometer un delito de resistencia a la autoridad y lesiones. Esto le puede llevar a la cárcel tres años”
Siempre se habla de la necesidad de que la Justicia sea ágil, para dar una mejor satisfacción al ciudadano que se ha visto afectado por el delito, sin embargo, creo que la Justicia, al menos la penal, lo que debería ser es más humana y adaptada a cada caso y sus circunstancias.
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Es decir, no niego que la respuesta al delito debiera ser rápida, eso sin duda, es importante, pero aun siendo rápida, podría ser injusta y no dar respuesta adecuada a los intereses de la víctima, infractor y comunidad. Aunque Segismundo el protagonista de la noticia, hubiera recibido la sentencia en el 2009 en lugar de cinco años después, el castigo tras la sentencia hubiera sido también insatisfactorio porque no se habría acudido al por qué del delito, no se le hubiera dado la oportunidad de hacer lo correcto y su posible entrada en prisión, no hubiera supuesto una mejor reinserción, sino que muy probablemente, la sociedad lo hubiéramos “perdido” para siempre. No obstante, este sentido de resultado no eficaz ni sanador, no lo hubiéramos percibido tanto, hubiera sido un infractor más, etiquetado y condenado, sin una “teórica posibilidad de rehabilitación” De ahí, que una respuesta ágil y rápida pueda ser ajustada a derecho, a las normas escritas por el estado, pero puede resultar injusto de acuerdo a la moral, ética y justicia en sentido amplio de la palabra.
La Justicia penal debe llevar en el momento apropiado, pero cuando se dé, debería ser adecuada a cada caso, cada parte y sus circunstancias. Han pasado cinco años y el señor de la noticia, está totalmente rehabilitado, ha tomado la oportunidad de hacer lo correcto, reconectando con la comunidad y devolviendo algo bueno por lo malo que hizo. En este caso, se puede ver cómo ha reparado parte del posible daño a la sociedad, colaborando con varias asociaciones para prevenir las adicciones.
Entonces ¿qué sentido puede tener imponerle ahora un castigo por la vulneración de la norma? Los fines de las penas además de la retribución, deben ser la prevención y rehabilitación. Imponerle un castigo al infractor en estos momentos, es la Justicia Retributiva en estado puro, una venganza legitima ejercida por el estado, en la que se quiere hacer justicia trasladando al infractor una cantidad de dolor similar a la que causó con el delito. Todos estamos de acuerdo en que los delitos, deben ser censurados públicamente para fomentar el cumplimiento de las normas y que un equilibrio moral debe ser restaurado para preservar las relaciones
En este caso, el equilibrio moral ya no debe ser restaurado porque el infractor con su vuelta activa y positiva a la sociedad lo está haciendo, y sin duda el daño que se le quiere devolver para compensar el delito, se va a duplicar o triplicar porque el castigo que se le quiere imponer va a afectar a su entorno más cercano y a todos nosotros. Nos afecta porque vamos a condenar a una persona “buena para el grupo”, a ir a prisión, lo que sin duda, va a perturbar los lazos sociales de los miembros del grupo durante su estancia en la cárcel pero también a su salida, la comunidad se va a resentir porque la estancia en prisión puede “cambiarlo” para mal, de una actitud positiva a una negativa que le puede llevar a olvidar la humanidad, que recuperó al hacer lo “correcto” con su vida tras el delito
Ante estos vacíos y lagunas de la justicia penal tradicional, la Justicia Restaurativa se presenta como un complemento que viene a cubrir los aspectos más negativos de la justicia, dotándola de más humanidad y flexibilidad.
Más que ágil, la Justicia debe de estar adaptada a la realidad de los afectados por el hecho delictivo. La Justicia Restaurativa puede verse como una forma de abordar el delito que atiende las necesidades de las víctimas y la mejor forma de repararlas el daño, favoreciendo la responsabilización del infractor. Pero también puede y debería verse como una justicia transformadora, que acude al origen, al por qué del delito para intentar prevenir que se repita y evitar que haya nuevas víctimas.
Así, a través de la responsabilización del infractor, y la transformación de las causas que le hicieron delinquir, podemos estar seguros que es más probable que no vuelva a delinquir y de esta forma, las víctimas y la sociedad recuperarán de forma satisfactoria su sentimiento de seguridad. Todo esto sería independientemente de que algunos casos, el infractor si deba recibir su sanción penal y el castigo previsto en las leyes, como se ha dicho, dependerá del caso y las circunstancias.
Dicho esto, si aspiramos a una justicia penal con enfoque restaurativo que cubra los vacíos y circunstancias anómalas, como la de la noticia, se debería tener en cuenta los mecanismos legales existentes para que a través de la Justicia Restaurativa y sus procesos, se pueda hacer lo justo, humano y lo más satisfactorio para todos.
El indulto, en este caso y en todos los posibles, debería valorarse de acuerdo a la Justicia Restaurativa: viendo el grado de responsabilización del infractor, su disponibilidad para reparar a la víctima y a la sociedad y en general su grado de reconexión con la sociedad. De esta forma, los indultos serían justos y no crearían alarma social.
Bibliografía
Follow @VirginiaDomingo (Burgos, 17 de mayo 1975)
Soy periodista frustrada, estudié derecho, por defecto y a pesar de todo, me gustó. Fui durante más de ocho años Juez Sustituta, lo que me hizo ver la realidad de la justicia y su falta de humanidad, así llegué en el 2004 a la Justicia Restaurativa. Actualmente soy la coordinadora del Servicio de Mediación Penal de Castilla y León (Burgos) y presidenta del Instituto de Justicia Restaurativa-Amepax ( la entidad que proporciona este servicio). Soy experta y consultora internacional en Justicia Restaurativa. Mediadora Penal y Presidenta de la Sociedad Cientifica de Justicia Restaurativa. Miembro del Comité de investigación del Foro Europeo de Justicia Restaurativa, participo regularmente en las reuniones de este Foro y he ofrecido varias charlas a nivel internacional, asimismo he realizado diversos trabajos de investigación sobre Justicia Restaurativa y mediación en materia penal. Y sigo luchando porque se regule la Justicia Restaurativa como un derecho más para las victimas de cualquier delito con independencia del lugar donde lo sufran.