Resumen
Las extensas excepciones preliminares del caso Velásquez Rodríguez contra Honduras fueron el primer pronunciamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Se redactaron en San José (Costa Rica), sede de este tribunal internacional, el 26 de junio de 1987. El origen de esta denuncia se remontaba casi seis años atrás, cuando el 12 de septiembre de 1981, un estudiante de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, Ángel Manfredo Velásquez Rodríguez, fue apresado en forma violenta y sin mediar orden judicial de captura, por elementos de la Dirección Nacional de Investigación (DNI) y del G-2 de las Fuerzas Armadas de Honduras (…) fue llevado junto con otros detenidos a las celdas de la II Estación de la Fuerza de Seguridad Pública ubicadas en el Barrio El Machén de Tegucigalpa, donde fue sometido a "duras interrogaciones bajo crueles torturas, acusado de supuestos delitos políticos"; cinco días más tarde, fue trasladado al I Batallón de Infantería donde prosiguieron con los interrogatorios descritos y que, a pesar de esto, todos los cuerpos policiales y de seguridad negaron su detención.
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El Gobierno hondureño planteó diversas objeciones a la Corte: que al recibirse la denuncia en la comisión de la CIDH no se habían agotado previamente los recursos internos (es decir, que no se había recurrido a todas las instancias judiciales del país); que no se celebró audiencia previa para recabar información adicional o que la comisión no realizó una investigación en el lugar, para verificar los hechos denunciados.
Finalmente, se desestimaron todas las excepciones preliminares opuestas por Honduras, el caso continuó su tramitación y la Corte de San José dictó sentencia sobre el fondo del asunto el 29 de julio de 1988.
Según el testimonio de diversos testigos: Manfredo Velásquez fue secuestrado en el centro de Tegucigalpa (…) a uno de los miembros del operativo se le disparó el arma e hirió a Manfredo en una pierna, ya que hubo lucha; el secuestrado fue llevado a INDUMIL (Industrias Militares) y torturado; luego trasladado a manos de los ejecutores quienes, por orden del General Álvarez, Jefe de las Fuerzas Armadas, se lo llevaron de Tegucigalpa y lo mataron con puñal y machete. Su cuerpo fue desmembrado y los restos enterrados en lugares diferentes.
La CIDH declaró, por unanimidad, que Honduras había violado en perjuicio de Ángel Manfredo Velásquez Rodríguez los deberes de respeto y de garantía del derecho a la libertad personal, a la integridad personal y a la vida; decidiendo que este país pagase una justa indemnización compensatoria a los familiares de la víctima.
Recordemos que junto a este sistema judicial americano, específico para proteger los Derechos Humanos, en Europa contamos con la Corte de Estrasburgo; África creó el ACHPR con sede en Arusha (Tanzania) pero aún no ha entrado en funcionamiento; y que, finalmente, ni Asia ni Oceanía cuentan con tribunales análogos.
Bibliografía
Valladolid (Castilla y León | España 1969).
Escritor (director de Quadernos de Criminología | redactor jefe de CONT4BL3 | columnista en las publicaciones La Tribuna del Derecho, Avante social y Timón laboral | coordinador de Derecho y Cambio Social (Perú) | colaborador de noticias.juridicas.com); ha publicado en más de 600 ocasiones en distintos medios de 19 países; y jurista [licenciado en derecho y doctorando en integración europea, en el Instituto de Estudios Europeos de la Universidad de Valladolid | profesor de derecho constitucional, política criminal y DDHH (UEMC · 2005/2008)].
Sus últimos libros son Las malas artes: crimen y pintura (Wolters Kluwer, 2012) y Con el derecho en los talones (Lex Nova, 2010).
Este blog te acercará a lo más curioso del panorama criminológico internacional de todos los tiempos; y, si quieres conocer otras anécdotas jurídicas, puedes visitar el blog archivodeinalbis.blogspot.com