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Nuevo plan de reinserción para terroristas, ¿puede ser bueno para las víctimas?

Virginia Domingo por Virginia Domingo
05/02/2012
en Justicia Restaurativa, La otra justicia
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Resumen

“El gobierno central no sólo perfeccionará la vía Nanclares sino que asumirá una de sus medidas más singulares. El plan integral de reinserción de presos de ETA, incluirá un encuentro entre etarras y sus víctimas para que pidan perdón. Las reuniones serán facultativas y solo tendrán lugar a iniciativa de las víctimas….Para interior estas reuniones de “reparación moral” tendrán efectos muy positivos tanto para víctimas como para terroristas”.

Una vez más ha saltado a la actualidad un tema que ya he tratado en varias ocasiones, el plan de reinserción de presos de eta y los posibles encuentros restaurativos con sus victimas. Esta vez es algo más positivo, por varias razones importantes. La primera es quese ha acabado con el secretismo del anterior plan con respecto a este tema, y es que si se quiere beneficiar a las víctimas, conseguir la reinserción de muchos de los presos terroristas y sobre todo que la sociedad no se “eche las manos a la cabeza” es necesario informar. Todas estas medidas deberían contar con el conocimiento previo de las victimas antes de que salgan a la luz pública y no al contrario, porque se trata de temas muy delicados y que generan gran sensibilidad, como es lógico, en las victimas y su entorno.

Artículo completo

Dicho esto, el plan de reinserción individual me parece bastante bueno y sobre todo esta diseñado desde un enfoque restaurativo, incluyendo los posibles encuentros victima-infractor que a todas luces y como dice la noticia, pueden ser altamente positivos para victimas, terroristas y añadiría para todos nosotros, como victimas indirectas de estos delitos tan graves.

Dos de los objetivos de este programa son la esencia de la Justicia Restaurativa  y es lo que se tiende a conseguir también cuando se propicia un encuentro restaurativo entre víctima e infractor: “Concienciación de la magnitud y trascendencia del daño ocasionado a victimas, familiares y su entorno, y asunción por parte del penado de su responsabilidad en la conducta delictiva”. Estos dos puntos son importantísimos, por supuesto, que de nada sirve que el terrorista o delincuente pida perdón, si verdaderamente no asume su responsabilidad en el daño que causó, no solo a las victimas sino a la comunidad en general.  Está claro que se puede pedir perdón sin sentirlo realmente, por el simple hecho de que se pueda conseguir un beneficio, por eso a través de la concienciación y responsabilización, nos vamos a poder cerciorar de que estas disculpas son sinceras y reales. Este plan plantea que estos dos objetivos junto con otros más, sean conseguidos con formación y cursos. No obstante, una forma importante de conseguir estos fines, es a través de estos encuentros restaurativos o como ellos los llaman encuentros de reparación a las victimas ¿Por qué?

Porque en ocasiones los infractores no ven a sus víctimas como personas, como seres humanos, las ven como objetos aleatorios en aras a conseguir lo que desean, en el caso de terroristas, con más razón, puesto que no se pueden obviar los fines ideológicos que guían a muchos de ellos. Por eso con la confrontación con sus victimas pueden llegar al remordimiento y a la vergüenza, no se trata de avergonzarles para humillarlos sino que es más bien una vergüenza reintegrativa, que pueda facilitar su concienciación y voluntad de no querer volver a delinquir y dañar a nadie.

Lo mas lógico es que se puedan combinar estos encuentros restaurativos junto con cursos y formación para lograr este objetivo final de que a través de la asunción de responsabilidad y  la constatación del daño que causó quieran y decidan no volver a delinquir, así se cumplirá como dice el articulo 25 de nuestra constitución con el objetivo de la rehabilitación y reinserción de las penas privativas de libertad.

El plan no habla directamente de justicia restaurativa pero se refiere a ella con los llamados encuentros de reparación a las víctimas. Se basan al no haber regulación legal expresa sobre esta forma de ver la justicia, al menos por el momento, en lo que la legislación nos deja y es la petición de perdón para la concesión de ciertos beneficios penitenciarios (articulo 90 del código penal y 72.6 de la ley orgánica general penitenciaria) así como la reparación del daño.

Es muy importante ver el cambio, ya que el anterior plan parecía ( digo parecía porque nunca se llegó a explicar suficientemente) que el terrorista era el que pedía o solicitaba el poder pedir perdón y que se trabajaba con ellos para esto, ahora es la víctima, la que por supuesto, debe ser la que pida este encuentro. Está claro que la Justicia Restaurativa y sus prácticas son para atender las necesidades de las victimas (así se deduce de la nueva directiva sobre víctimas en discusión en el Parlamento Europeo y que habla de los servicios de justicia restaurativa como servicios de ayuda a las victimas). También es esencial el planteamiento que hace este programa de reinserción, en el que estos encuentros deben ir precedidos de cierta preparación, para no causar más perjuicios a las victimas que el beneficio que se pudiera conseguir.

La gran pregunta es quienes serán los mediadores o más bien facilitadores de estos encuentros, porque deben ser personas muy preparadas ya que no se trata de unos delitos menores sino muy graves. Los que nos dedicamos a esto, sabemos que es necesario saber, más allá de unas simples técnicas de mediación, es relevante conocer como funciona, las fases y la evolución del trauma en las víctimas, y sobre todo saber cómo guiar una espacio de dialogo y comunicación entre dos personas, una víctima y un delincuente. También hay que tener en cuenta que el objetivo final no tiene que ser la petición de perdón del terrorista y su aceptación por la victima, el fin primordial debería ser un dialogo acerca de cómo impactó el delito en la victima y su entorno, estas disculpas llegaran cuando menos lo esperemos, porque al fin y al cabo el perdón es algo sanador y beneficioso para la recuperación de las victimas.

Este plan contempla también de forma muy acertada una reparación no sólo material sino moral, y es que muchas de las victimas, en especial las de delitos muy graves  reclaman una reparación emocional y moral y esta en muchos casos, solo se puede conseguir a través de estos encuentros con el delincuente para así poder expresar lo que sintieron el día que sufrieron el delito, el camino recorrido desde entonces y lo que sienten en la actualidad.

En conjunto este nuevo programa de reinserción es interesante y bastante bueno desde el punto de vista de la justicia restaurativa, sin embargo aprecio que debería ser menos ceñido a la estricta legalidad vigente y más abierto a  formulas nuevas:

Primero, no es de recibo que se evite siempre hablar de Justicia restaurativa de forma expresa, como si fuera un concepto peligroso, cuando todos sabemos que es una justicia mucho más humana y cercana que beneficia a toda la sociedad.

Segundo, se ciñe solo al autor material o cooperador directo del hecho delictivo, para poder participar en estos encuentros y a la victima directa o sus allegados. Pero ¿qué pasa si un terrorista quiere pedir perdón y el perjudicado no desea participar? Negaremos a este infractor la posibilidad de este acto de reparación moral…..o a la inversa ¿Qué ocurre si una victima quiere o necesita este encuentro y el terrorista no esta dispuesto a ello? Vamos a negar a la victima la posibilidad de esta reunión que la puede ayudar en su recuperación….Por supuesto que esto sería injusto, se pueden buscar fórmulas alternativas, reuniendo a victimas e infractores aunque no sean los directamente implicados en el hecho. Siempre que se facilite la asunción de responsabilidad y la reintegración de la victima y delincuentes de nuevo en la sociedad, se debe favorecer estos encuentros restaurativos.

Tercero, puesto que se plantean reuniones de reparación del daño basados en la Justicia Restaurativa deberían extenderse a otra clase de delitos graves, siempre que las víctimas así lo desean o requieran y si el delincuente está dispuesto a reconocer el daño, sino estaríamos vulnerando el principio de igualdad ante la ley, y perjudicando primero a otras víctimas y en segundo lugar a otros infractores ( todos merecen tener la oportunidad para recuperarse del delito y para poder empezar una nueva vida alejados de la delincuencia).

Cuarto, se debe empezar a pensar en una regulación de la justicia restaurativa entendida como este plan, en sentido amplio y global, teniendo en cuenta que la mediación penal no es como otras mediaciones y que es sólo una herramienta más dentro un gran abanico de posibilidades.

Quinto, hay que abandonar la idea de que las practicas restaurativas son sobre jueces, fiscales e incluso sobre facilitadores, son sobre víctimas y sus necesidades y después sobre infractores y su posibilidad de reinserción, si luego con ello se consigue que se agilice la justicia bienvenido sea, pero obvio que este no es ni debe ser nunca el objetivo primordial. Los protagonistas son las victimas y los infractores.

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Bibliografía

Virginia Domingo
+ postsBiografía

Follow @VirginiaDomingo (Burgos, 17 de mayo 1975)

Soy periodista frustrada, estudié derecho, por defecto y a pesar de todo, me gustó. Fui durante más de ocho años Juez Sustituta, lo que me hizo ver la realidad de la justicia y su falta de humanidad, así llegué en el 2004 a la Justicia Restaurativa. Actualmente soy la coordinadora del Servicio de Mediación Penal de Castilla y León (Burgos) y presidenta del Instituto de Justicia Restaurativa-Amepax ( la entidad que proporciona este servicio). Soy experta y consultora internacional en Justicia Restaurativa. Mediadora Penal y Presidenta de la Sociedad Cientifica de Justicia Restaurativa. Miembro del Comité de investigación del Foro Europeo de Justicia Restaurativa, participo regularmente en las reuniones de este Foro y he ofrecido varias charlas a nivel internacional, asimismo he realizado diversos trabajos de investigación sobre Justicia Restaurativa y mediación en materia penal. Y sigo luchando porque se regule la Justicia Restaurativa como un derecho más para las victimas de cualquier delito con independencia del lugar donde lo sufran.

  • Virginia Domingo
    https://crimyjust.com/author/virginia-domingo/
    Acerca de la prohibición del “burkini”
  • Virginia Domingo
    https://crimyjust.com/author/virginia-domingo/
    ¿Es posible una Justicia más justa?
  • Virginia Domingo
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    Atendiendo a las víctimas con un enfoque restaurativo
  • Virginia Domingo
    https://crimyjust.com/author/virginia-domingo/
    La justicia restaurativa puede mejorar la justicia penal
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