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El enfoque restaurativo en la justicia penal:¿es la mejor forma de resolver el delito?

Virginia Domingo por Virginia Domingo
05/30/2012
en Justicia Restaurativa, La otra justicia
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Resumen

“Los socialistas consideran una temeridad que los condenados a tareas sociales se dediquen a aparcar coches. En estos términos han valorado la puesta en marcha del dispositivo de vigilancia de la Policía local de Valencia que contará con 52 agentes y 24 colaboradores que cumplen condena por algún tipo de delito con trabajos en beneficio de la comunidad cuya principal tarea será ordenar el tráfico y ayudar a conductores a estacionar en el paseo marítimo”.

Cuando esta noticia se vio en televisión, se pudo escuchar los comentarios de algunas de estas personas que cumplen esta condena de trabajos en beneficio de la comunidad y estos decían: “que no había más remedio, era o eso o ir a prisión”. Otros comentaban: “que era una buena oportunidad de no ir a la cárcel”.

Artículo completo

El problema que se puede ver en todo esto es la falta de responsabilización de estos infractores, de sus palabras se deduce que optaron por esta vía porque no tenían otra opción. Para los que critican la Justicia Restaurativa porque creen que es blanda con los infractores, partiendo de este ejemplo, se puede ver las diferencias esenciales entre los procesos restaurativos y los programas de rehabilitación u otros como esta medida alternativa de trabajos en beneficio de la comunidad y así se constatará que nunca es blanda esta Justicia Restaurativa, sino todo lo contrario.

Las actuales medidas como estos trabajos en beneficio de la comunidad u otros programas de rehabilitación, están centrados exclusivamente en el infractor, dejando a un lado a las victimas, ya sean las directamente afectadas por el delito o las indirectas. Aunque la intención de estas medidas es buena, ya que tratan de evitar que el delincuente vuelva a delinquir y así se reintegre en la comunidad, pueden causar problemas y malos entendidos puesto que los ciudadanos pueden sentirse ofendidos al ver cómo se dedica tiempo, esfuerzo y trabajo de profesionales, en una persona que no siempre ha asumido su responsabilidad en el daño que causó y su obligación de reparar este perjuicio. Estos infractores en la noticia que se ha relatado, han tomado los trabajos en beneficio de la comunidad como un castigo que el estado o el sistema les ofrece, menos gravoso que la cárcel pero en definitiva…un castigo. Deberían haber asumido que lo que están haciendo es una prestación socialmente constructiva, que están devolviendo a la comunidad algo bueno,  por el daño posible o real que causaron con su delito.

 

Mientras el infractor no entienda el impacto que su delito tuvo en la víctima o el daño que podría haber causado, no va a concienciarse, por eso lo que haga, lo hará obligado o como en el ejemplo, porque es la opción menos mala.

Por esto, es importante que la víctima,  la directamente afectada o la potencial victima (comunidad) sea parte importante en todo el proceso de reintegración del infractor en la sociedad. Y una forma de implicar a todas las partes es a través de encuentros restaurativos (ya sea mediación, círculos o conferencias) entre victimas e infractores. Así, la victima como tal, también podrá rehabilitarse, lo que sucederá cuando se encuentre con el delincuente (directa o indirectamente) y pueda hablar sobre lo que ocurrió y  preguntar y obtener respuestas sobre el delito. Para el infractor es necesario escuchar a los perjudicados por sus delitos, ver que realmente causaron daños o crearon un peligro real para muchas personas, de esta forma pueden llegar a asumir su responsabilidad.

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Las diferencias entre procesos restaurativos y programas de rehabilitación u otros similares pueden no ser  tan grandes, si estos se hacen de una manera o con un enfoque restaurativo. Para esto hay que tener en cuenta no  solo que los directamente implicados (victimas, infractores y comunidad) deben tener participación sino también hay que entender el delito como una ruptura en las relaciones entre los miembros de la comunidad, que deben corregirse para restaurar la paz social.

Cuando alguien comete un delito surgen a menudo problemas de este, con su familia y allegados, conflictos de la victima con su círculo cercano, aislamiento de esta persona que sufrió el delito, sentimiento de inseguridad y rabia en la comunidad y sobre todo sentimiento de que el equilibrio se ha roto. Si entendemos que todos somos piezas de un engranaje, al quebrarse una de estas, el mundo que es la gran maquinaria deja de funcionar correctamente, para arreglar esto y restablecer el equilibrio pueden ponerse “parches” como programas centrados en el infractor o arreglar la pieza rota a través del pegamento de la Justicia Restaurativa que crea un espacio de responsabilización, dialogo, cierre, reparación, escucha y justicia más justa.

En lugar de que estos trabajos en beneficio de la comunidad se acepten por el delincuente como un castigo alternativo a la cárcel, impuesto por el juez con carácter coactivo (o hace esto o va a prisión), estos trabajos podrían aceptarse por este infractor de forma voluntaria porque ha visto el daño real o potencial que causó o podría haber causado y ante esto quiere reparar o mitigar de alguna manera este perjuicio. Es decir podría haberse facilitado un encuentro de estos infractores y sus victimas, o victimas de delitos similares o con algún representante de la comunidad (si fueran delitos de peligro) en los cuales además de  generarse un espacio para el dialogo, finalizara con una serie de acuerdos de reparación del daño, adoptados de forma consciente y totalmente voluntaria por el delincuente y con participación directa de los afectados de una u otra manera por el delito.

Así se evitan las reticencias de la sociedad y de las victimas porque se van a ser parte importante y protagonista de todo el proceso, se impide que sientan abandonadas y se favorece que todo a lo que se comprometan sea de una forma más sincera, lo que facilitará su reinserción. Es más probable que si ha asumido el daño su voluntad de no delinquir sea más firme y real, con lo que se ha cumplido de mejor manera con la esencia de los programas de rehabilitación u otras medidas.

 

Sin embargo, es necesario dotar a la justicia penal en general y los distintos programas y medidas con un enfoque restaurativo durante las distintas fases del proceso, para que aunque estos encuentros restaurativos victimas-infractores no puedan o no se hagan, la victima tenga voz y sea informada durante el procedimiento y el infractor tenga la oportunidad de concienciarse del daño que causó.

Este enfoque restaurativo de la justicia hará que el ciudadano esté más satisfecho con esta, y estos valores favorecerán una sociedad más responsable, una parte de este enfoque son estos encuentros pero se debe combinar todas las posibilidades para adaptarlas a cada supuesto concreto, a cada víctima y a cada infractor porque para lo que unos puede ser bueno para otros no lo es tanto.

Esta es una de las bondades de la Justicia Restaurativa y es que puede enfocar cada caso de la manera que más ayude a victimas, infractores y comunidad, evitando tratar todos los asuntos de una manera uniforme. Al ser una atención especializada, los resultados son mejores para los implicados en el delito, ya que se les ha tratado como seres humanos y no como un número o como un expediente más.

 

 

Bibliografía

Virginia Domingo
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Follow @VirginiaDomingo (Burgos, 17 de mayo 1975)

Soy periodista frustrada, estudié derecho, por defecto y a pesar de todo, me gustó. Fui durante más de ocho años Juez Sustituta, lo que me hizo ver la realidad de la justicia y su falta de humanidad, así llegué en el 2004 a la Justicia Restaurativa. Actualmente soy la coordinadora del Servicio de Mediación Penal de Castilla y León (Burgos) y presidenta del Instituto de Justicia Restaurativa-Amepax ( la entidad que proporciona este servicio). Soy experta y consultora internacional en Justicia Restaurativa. Mediadora Penal y Presidenta de la Sociedad Cientifica de Justicia Restaurativa. Miembro del Comité de investigación del Foro Europeo de Justicia Restaurativa, participo regularmente en las reuniones de este Foro y he ofrecido varias charlas a nivel internacional, asimismo he realizado diversos trabajos de investigación sobre Justicia Restaurativa y mediación en materia penal. Y sigo luchando porque se regule la Justicia Restaurativa como un derecho más para las victimas de cualquier delito con independencia del lugar donde lo sufran.

  • Virginia Domingo
    https://crimyjust.com/author/virginia-domingo/
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    La justicia restaurativa puede mejorar la justicia penal
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